C-514 de 2013
Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Demandante Jaime Cordoba Triviño·Demandado Ley 675 De 2001, Articulo 33
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inhibición para pronunciarse sobre expresión “en relación con las actividades de su objeto social” contenida en Artículo 33 de Ley 675 de 2001
- Inhibición para decidir de fondo
- Configuración
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 33 de la Ley 675 de 2001, por medio de la cual se expide el régimen de propiedad horizontal.
El demandante considera que al hacer depender la calificación de las personas jurídicas originadas en la propiedad horizontal como contribuyentes o no contribuyentes, de un hecho indeterminado e indeterminable como es la realización de actividades comprendidas dentro de su objeto social, lesiona los principios de legalidad y certeza tributaria y consecuencialmente, los de justicia y equidad tributaria.
La Corte encontró que no había lugar a emitir un pronunciamiento de fondo, por cuanto la Ley 1607 de 2012, expedida con posterioridad a la presentación de la demanda, modificó el contenido del precepto acusado.
La Sala decidió declararse INIHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo, en virtud de la modificación normativa presentada.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 675/01. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE
- PRIMERO. DECLARARSE INHIBIDA para pronunciarse sobre la constitucionalidad de la expresión "en relación con las actividades de su objeto social" contenida en el Artículo 33 de la Ley 675 de 2001.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.