C-791 de 2006
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Jhon Jairo Sabogal Gutiérrez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Principio de igualdad como límite
- Derechos de los comuneros
- División material de la cosa común
- Venta de cosa común
- Concepto
- Derecho de compra
- Derecho preferente de compra a favor de comuneros demandados no vulnera derecho a la igualdad de comuneros demandantes
- Límites de razonabilidad y proporcionalidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Decretos 1400 y 2019 de 1970 código de procedimiento civil articulo 474 parcial y código civil articulo 2336 parcial.
Se argumenta que las "expresiones cualquiera de los demandados y los otros comuneros o cualquiera de ellos pueden comprar los derechos" son inconstitucionales porque atentan contra la noción del estado social de derecho ya que se da un trato discriminatorio para con el comunero al no permitirle el derecho de compra en la misma oportunidad de los demandados.
Las normas demandadas no violan el derecho a la igualdad de los comuneros.
Exequible.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 84/73. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE:
- Declarar EXEQUIBLES, por el cargo examinado, las expresiones"cualquiera de los demandados" y "los otros comuneros o cualquiera de ellos pueden comprar los derechos", contenidas en los artículos 474 del Código de Procedimiento Civil y 2336 del Código Civil, respectivamente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.