Micelio
Sentencia de Constitucionalidad8 de junio de 2000Sala Plena

C-665 de 2000

Ponente José Gregorio Hernández Galindo

Demandante Simon Castro Benitez

Tema · dato duro
Prestacion De Servicios Publicos De Salud Por Empresas Sociales Del Estado
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

9 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 10/90.

Art. 19.

Ley 100/93.

Art. 192 parc. 195 nos- 3 y 4 y 197..

Estructura adtiva basica de las entidades de salud.

Directores de hospitales.

Exeq.

E inexeq.

Ver c-408/94

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 10/90. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 19Ley 10/90 «numeral 1»EXEQUIBLE
Art. 192Ley 100/93INEXEQUIBLE· expresión
Expresión declarada inexequible«"definidas mediante reglamento del Gobierno Nacional", pertenecientes a su inciso primero, que se declaran INEXEQUIBLES.»
Art. 195Ley 100/93EXEQUIBLE
Art. 197Ley 100/93EXEQUIBLE
4 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declarar EXEQUIBLES el numeral 1 del artículo 19 de la Ley 10 de 1990 y los apartes demandados del artículo 192 de la Ley 100 de 1993, con excepción de las expresiones "definidas mediante reglamento del Gobierno Nacional", pertenecientes a su inciso primero, que se declaran INEXEQUIBLES.
  2. Segundo. Respecto de la demanda incoada contra los numerales 3º y 4º del artículo 195 y en lo referente a la impugnación del artículo 197 de la Ley 100 de 1993, ESTESE A LO RESUELTO por esta Corte en Sentencia C-408 del 15 de septiembre de 1994.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.