C-628 de 2003
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Carlos Eduardo Naranjo Florez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Sinónimo de Nación
- Significado
- Cumplimiento de presupuestos previstos en la Constitución
- Características
- Diferencias
- Naturaleza
- Sustitución por explotación de carbón
- Posibilidad de gravarlas tributariamente
- Consonancia con sentencia de constitucionalidad
- Contraprestación obligatoria por explotación de recursos naturales no renovables de propiedad estatal
- Contrato entre Carbocol e Intercor
- Sentencia de exequibilidad condicionada
- Por concepto de explotación de carbón
- Distribución a entidades territoriales
- Destinación específica de recursos por la Constitución
- Propiedad estatal
- Respeto al derecho a la igualdad
- Titularidad estatal
- Explotación carbonífera del Cerrejón
- Coexistencia entre impuesto y regalías
- Ineptitud sustantiva de la demanda
- Significado
- No enerva potestad estatal de regular explotación de recursos y de exigir pago de regalías
- Propiedad estatal
- Liquidación y cobro de regalías causadas
- Generación en propiedad estatal y privada
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 756/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- 1. Declarar EXEQUIBLE la expresion "de propiedad nacional", contenida en los incisos
- primero. y
- tercero. del articulo 16 de la ley 756 de 2002, en el entendido de que, para los efectos de este articulo, el vocablo "nacional" es equivalente a la palabra "estatal".
- 2. Declarar EXEQUIBLE el aparte que dice, "En el evento en que la empresa Carbocol sea liquidada, privatizada o sea objeto de un proceso de capitalizacion privada, la entidad que adquiera los derechos de dicha empresa debera pagar un diez por ciento (10%) sobre el valor de la produccion en boca de mina," contenido en el paragrafo 5o del articulo 16 de la ley 756 de 2002, por el cargo examinado.
- 3. Declarar EXEQUIBLE el paragrafo 6o del articulo 16 de la ley 756 de 2002, por el cargo examinado.
- 4. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la constitucionalidad del articulo 41 transitorio de la ley 756 de 2002.
- 5. Copiese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.