C-572A de 2014
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Marcos Quiroz Gutierrez·Demandado Ley 1563 De 2012, Numeral 1, Articulo 41
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Supuesto de exclusión del fenómeno jurídico de la invalidez relativa del pacto arbitral, exigía un juicio de constitucionalidad bajo la metodología de la omisión legislativa relativa
- En tanto negocio jurídico, puede ser consecuencia de la existencia de cualquier tipo de vicio distinto de aquellos que causan la invalidez absoluta
- Declaración por el juez a petición de parte
- Jurisprudencia constitucional
- Importancia
- Concepto
- Vicios que dan lugar a la invalidez relativa pueden sanearse
- Jurisprudencia constitucional
- Contenido C
- Aplicación del principio kompetenz–kompetenz, para definir competencia
- Procedencia excepcional
- Laudo arbitral y recursos
- Habilitación de las partes
- Causales del recurso de anulación
- Margen de configuración legislativa
- Fundamento y límite del arbitraje
- Límites
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
<br>Demanda de inconstitucionalidad en contra de una expresión del numeral 1º del artículo 41 de la Ley 1563 de 2012, por medio de la cual se expide el Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional y se dictan otras disposiciones.
Se solicita la declaratoria de inexequibilidad de la expresión “absoluta”, por vulnerar los artículos 19, 116 y 228 de la Constitución.
Se aduce, que la mencionada expresión, al excluir de la primera causal de anulación del laudo arbitral la invalidez relativa del pacto arbitral, desconoce los principios de juez natural y de habilitación de los árbitros, en tanto impide recurrir, de manera extraordinaria, ante la administración de justicia para solicitar la anulación de un laudo dictado por un tribunal de arbitramento, que podría carecer de jurisdicción y competencia para proferir dicho laudo.
La Corte concluye, que la ley no puede restringir la posibilidad de anular un laudo arbitral cuando el tribunal que lo profirió carecía de jurisdicción y competencia para ello, debido a la invalidez relativa del pacto arbitral, porque dicha jurisdicción y competencia se funda en la habilitación de las partes, que debe resultar de su voluntad libre y autónoma y de su consentimiento válido, esto es, carente de vicios y dado sin apremio.
INEXEQUIBLE. <br>
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1563/12. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del Pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE:
- Declarar INEXEQUIBLE la expresión: "absoluta", contenida en el numeral 1 del artículo 41 de la Ley 1563 de 2012.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.