Micelio
Sentencia de Constitucionalidad6 de noviembre de 2013Sala Plena

C-765 de 2013

Ponente Alberto Rojas Ríos

Demandante Carlos Alberto Paz Russi·Demandado Ley 1563 De 2012, Articulo 12 Parcial

Tema · dato duro
Tribunal De Arbitramento. Competencia Se Determina Por Los Propios Árbitros, De Acuerdo Con Las Reglas Establecidas En La Ley
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Centro De Arbitraje
  • Criterios para determinar funciones
  • Competencias
  • Deberes
  • Determinación de las competencias
  • Remisión de demanda al competente cuando este no lo fuere
Demanda Arbitral
  • Competencia por factor territorial
Tribunal De Arbitramento
  • Regulación sobre determinación de la competencia
  • Competencia se determina por los propios árbitros, de acuerdo con las reglas establecidas en la ley
Competencia En Proceso Arbitral
  • Momento u oportunidad para determinarla
Proceso Arbitral
  • Reglas de competencia
7 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 12 (parcial) de la Ley 1563 de 2012, por medio de la cual se expide el Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional y se dictan otras disposiciones.

El demandante considera que los apartes normativos acusados son contrarios al artículo 116 de la Constitución.

La Corte concluyó que los centros de arbitraje no ejercen funciones de naturaleza jurisdiccional sino administrativa y, que la competencia del tribunal de arbitramento se determina por los propios árbitros, de acuerdo con las reglas establecidas en la Ley.

La Sala decide: 1º.

Declararse INHIBIDA de proferir pronunciamiento de fondo respecto del aparte “El proceso arbitral comenzará con la presentación de la demanda”, por ineptitud sustantiva de la demanda y, 2º.

Declarar EXEQUIBLE el aparte “El centro de arbitraje que no fuere competente remitirá la demanda al que lo fuere”.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1563/12. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 12Ley 1563/12 «respecto el aparte "El proceso arbitral comenzará con la presentación de la demanda"»INHIBITORIO
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. INHIBIRSE de proferir un pronunciamiento de fondo respecto del aparte "El proceso arbitral comenzara con la presentacion de la demanda", del articulo 12 de la ley 1563 de 2012, por ineptitud sustantiva de la demanda.
  2. Segundo. Declarar EXEQUIBLE el aparte "El centro de arbitraje que no fuere competente, remitira la demanda al que lo fuere" del articulo 12 de la ley 1563 de 2012.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.