Micelio
Sentencia de Constitucionalidad28 de mayo de 2008Sala Plena

C-534 de 2008

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Tema · dato duro
Control De Constitucionalidad De La Enmienda A La Convencion Sobre Prohibiciones O Restricciones Del Empleo De Ciertas Armas Convencionales Que Puedan Considerarse Excesivamente Nocivas O De Efectos Indiscriminados
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

7 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Revision constitucional de la ley 1072 del 31 de julio de 2006, "por medio de la cual se aprueba la enmienda al articulo 1º de la convencion sobre prohibiciones o restricciones del empleo de ciertas armas convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados, adoptada en la segunda conferencia de examen de los estados parte en la convencion, el veintiuno (21) de diciembre de dos mil uno (2001), en ginebra, suiza".<br>la revision formal de la ley 1072 de 31 de julio de 2006.

Examen material de la enmienda sometida a revision constitucional.<br>teniendo en cuenta la posicion adoptada en la sentencia c-156 de 1999, esta corte concluye que la enmienda al articulo 1º de la convencion objeto de estudio, mediante la cual se busca ampliar el ambito de aplicación de la misma y sus protocolos anexos, se ajusta a la carta politica en la medida que armoniza con los principios y valores alli contenidos.

Sobre las clausulas que hacen parte de la referida enmienda y que complementan su finalidad, cabe señalar que se limitan a regular lo referente al ambito de aplicación de la convencion y de sus protocolos adicionales, y en la ultima se consagran las reglas de interpretacion de las disposiciones de la propia enmienda.

Revisado su contenido, la corporacion no observa que estas se opongan a la constitucion politica y, por el contrario, encuentra que resultan respetuosas de la soberania de los estados parte, en este caso del estado colombiano.<br>exequibles la enmienda y la ley 1072 de 2006, mediante la cual se aprueba dicha enmienda.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1072/06. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaLey 1072/06 «La Enmienda al articulo 1o de la Convencion sobre Prohibiciones o Restricciones del Empleo de Ciertas Armas Convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados»EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE
  3. Declarar EXEQUIBLES "La Enmienda al articulo 1o de la Convencion sobre Prohibiciones o Restricciones del Empleo de Ciertas Armas Convencionales que puedan considerarse excesivamente nocivas o de efectos indiscriminados" adoptada en la segunda conferencia de examen de los Estados Parte en la convencion, el veintiuno (21) de diciembre de dos mil uno (2001), en ginebra, Suiza", y la Ley 1072 de 2006, mediante la cual se aprueba dicha Enmienda.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a7
A. 119/07Revisión Constitucional De La Ley 1072 Del 31 De Julio De 2006, Por Medio De La Cual Se Aprueba La Enmienda Al Articulo 1º De La Convencion Sobre Prohibiciones O Restricciones Del Empleo De Ciertas Armas Convencionales Que Puedan Considerarse Nocivas O De Efectos Indiscriminados, Adoptada En La Segunda Conferencia De Examen De Los Estados Parte En La Convencion En Ginebra, Suiza. La Revision Formal De La Ley. Remision De La Ley Aprobatoria Y Del Tratado Por Parte Del Gobierno Nacional. Negociacion Y Celebracion Del Tratado. Tramite Realizado En El Congreso De La Republica Para La Aprobacion De La Ley 1019 De 2006. Analisis De Constitucionalidad Del Tramite Dado Por El Congreso A La Ley 1072 De 2006. Incumplimiento Del Requisito Del Anuncio Previsto En El Articulo 160 De La Constitucion Politica. Reiteracion De Jurisprudencia En Torno A Lo Ocurrido En El Tercer Debate En La Comision Segunda De La Camara De Representantes. La Corte Procedera A Devolver A La Presidencia De La Camara De Representantes La Ley 1072 De 2006, Con El Fin De Que Disponga Lo Pertinente Para Que Se Subsane El Vicio Advertido. Devuélvase La Ley A La Presidencia De La Camara De Representantes Para Que Se Subsane El Vicio De Procedimiento Señalado En La Providencia Y Concédase Treinta Dias Para Que Se Subsane El Vicio DetectadoC-930/05Requisito De Anuncio Previo De Votacion En Tramite Legislativo. Compatibilidad Con La Posibilidad Que El Orden Del Día Inconcluso Continúe En La Sesión SiguienteC-333/05Control De Constitucionalidad De La Convencion Interamericana Contra El TerrorismoC-533/04Control De Constitucionalidad Del Tratado Sobre Cooperacion Judicial Mutua Entre El Gobierno De La Republica De El Salvador Y El Gobierno De La Republica De ColombiaC-156/99Ley 469/98. Convencion Sobre Prohibiciones O Restricciones Del Empleo De Armas Convencionales Que Puedan Ser Nocivas O De Efectos Indiscriminados. Exequibles.C-225/95Protocolo Adicional A Los Convenios De Ginebra Relativo A La Proteccion De Las Victimas De Los Conflictos Armados. Exequible.
Ver las 7

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.