Micelio
Sentencia de Constitucionalidad10 de mayo de 2000Sala Plena

C-534 de 2000

Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz

Demandante Claudia Ines Garcia Marroquin

Tema · dato duro
Proceso De Constitucionalidad. Término Propio Para Procurador Y Para Magistrado Sustanciador
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Cosa Juzgada Constitucional
  • Término de presentación de proyecto de fallo para decretos legislativos
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Adición
  • Improcedencia de extensión de artículos acusados
Proceso De Constitucionalidad
  • Término para proyecto de fallo y para decisión en Sala Plena
  • Concepto del Procurador General de la Nación
  • Facultad legislativa para complementar procedimientos y términos
  • Término propio para Procurador y para Magistrado sustanciador
  • Términos
  • Términos para razonamiento y debida motivación
Control De Constitucionalidad De Facultades Extraordinarias
  • Otorgamiento por artículo transitorio de la Constitución
Objecion Presidencial
  • Procedimiento y términos
6 temas · 12 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Dec. 2067/91.

Art. 32 parcial.

Objeciones de inconstitucionalidad surtidas ante la corte constitucional.

Exequibles.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 2067/91. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 32Decreto 2067/91 «frase»EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declarar EXEQUIBLE la frase "y el magistrado sustanciador dispondra de seis dias contados a partir del termino del Procurador para rendir concepto", contenida en el articulo 32 del Decreto 2067 de 1991.
  2. Segundo. Declarar EXEQUIBLE la frase "El Procurador General de la Nacion rendira concepto dentro de los seis dias siguientes al registro de las objeciones", contenida en el articulo 32 del Decreto 2067 de 1991.
  3. Tercero. Declarar EXEQUIBLE la frase "La Corte decidira dentro de los seis dias siguientes a la presentacion de la ponencia del magistrado sustanciador", contenida en el articulo 32 del Decreto 2067 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.