Micelio
Sentencia de Constitucionalidad14 de agosto de 2013Sala Plena

C-525 de 2013

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Demandante Daniel Alberto Mesa Diaz·Demandado Ley 100 De 1993, Articulo 148 Parcial

Tema · dato duro
Fallo Inhibitorio Por Ineptitud Sustantiva De La Demanda De Norma De La Ley 100 De 1993
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Inconstitucionalidad
  • Inhibición para emitir pronunciamiento de fondo respecto del Artículo 148 (parcial) de la ley 100 de 1993 toda vez que fue derogado
Norma Derogada
  • Producción de efectos jurídicos
8 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 148 (parcial) de la ley 100 de 1993.

El demandante sostiene que la expresión “escasos recursos” contenida en la norma acusada, vulnera los artículos 13 y 48 de la Constitución Política.

La Sala concluye que el precepto que contiene las expresiones demandadas no continúa produciendo efectos, toda vez que se presentó una derogación orgánica y tácita en virtud de la expedición de las leyes 181 de 1995 y 797 de 2003.

Igualmente, porque la pensión a la que se hacía alusión en dicha norma fue reglamentada y por ende, nunca se introdujo en el ordenamiento jurídico.

La Corte decide declararse INHIBIDA para emitir un pronunciamiento de fondo, por no existir materia sobre la cual pronunciarse.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 100/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 148Ley 100/93INHIBITORIO
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE
  3. INHIBIRSE de emitir un pronunciamiento de fondo en el proceso de la referencia, por las razones previamente expuestas.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.