Micelio
Sentencia de Constitucionalidad12 de abril de 2000Sala Plena

C-432 de 2000

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Maria Teresa Pardo Plata

Tema · dato duro
Ley Organica Del Presupuesto. Modificación Sustancial Por Ley Ordinaria A Forma De Calcular Presupuesto De Empresas Sociales Del Estado
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Ley Organica Del Presupuesto
  • Modificación por ley ordinaria a forma de calcular presupuesto de empresas
Ley Organica
  • Límites procedimentales para ejercicio del legislador
  • Reserva
  • Característica especial
  • Modificación por ley de igual naturaleza
  • Condicionamiento de expedición de otras leyes
  • Naturaleza jerárquica superior
Racionalizacion Del Gasto Publico
  • Programación presupuestal de instituciones prestadoras de salud y empresas sociales del Estado
Ley Organica Y Ley Ordinaria
  • Diferencias en los procedimientos establecidos
  • Inexistencia de desconocimiento por uso de palabra distinta
4 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 344/96.

Art. 21 parcial.

Programacion presupuestal de las instituciones prestadoras de salud y de las empresas sociales del estado del orden nacional y territorial.

Exequibles e inexequibles.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 344/96. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 21Ley 344/96 «inciso 1»EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declarar EXEQUIBLE el inciso
  2. primero. del artículo 21 de la ley 344 de 1996 "por la cual se dictan normas tendientes a la racionalización del gasto público, se conceden unas facultades extraordinarias y se expiden otras disposiciones"
  3. Segundo. Declarar INEXEQUIBLES los incisos 2º, 3º y 4º del artículo 21 de la ley 344 de 1996, y la expresión "o con fundamento en ingresos calculados sin atender lo establecido en el presente artículo", contenida en el parágrafo 2º del mismo artículo.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.