C-403 de 2007
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Roberto Padilla Vergara
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No existen derechos adquiridos por periodos no transcurridos
- Límites
- Principio de igualdad como límite
- Diferenciación
- Aplicación del principio pro actione
- No vulneración por no extensión a pilotos de aviación corporativa
- Requisitos para otorgamiento de exención
- No extensión a todos los reservistas de la Fuerza Aérea
- Piloto, navegante o ingeniero de vuelo en empresas aéreas nacionales de transporte público y de trabajos aéreos especiales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Decreto 624 de 1989 articulo 206 numeral 9 expresion "en empresas aereas nacionales de transporte publico y de trabajos aereos especiales".
Se expide el estatuto tributario de los impuestos administrados por la direccion general de impuestos nacionales.
Rentas exentas.el demandante considera que la expresion acusada desconoce los articulos 2 4 13 y 363 de la constitucion politica asi como la ratio decidendi de la sentencia c-183 de 1998.potestad de configuracion legislativa en materia de exenciones tributarias.
El ambito de configuracion normativa en materia de exenciones tributarias esta limitado por la imposibilidad de conceder beneficios sobre impuestos territoriales o que no han tenido iniciativa gubernamental asi como por los principios que informan el sistema tributario en su conjunto esto es equidad eficienca y progresividad.
Requisitos concurrentes para tener derecho a la exencion.exequible
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 624/89. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E L V E:
- Declarar EXEQUIBLE la expresion "en empresas aereas nacionales de transporte publico y de trabajos aereos especiales, que hace parte del numeral 9o del articulo 206 del Decreto 624 de 1989.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.