C-386 de 2017
Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Demandante Revision De Constitucionalidad Del Decreto Legislativo 601 De 2017
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Requisitos materiales
- Prohibiciones
- Requisitos formales
- Cumplimiento de requisitos formales y materiales
- Contenido y alcance
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Revisión de constitucionalidad del Decreto Legislativo 601 de 2017.
Con el precitado Decreto se declara el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el municipio de Mocoa, Putumayo, tanto en el área urbana como en la rural, por el término de treinta días calendario.
Se dispone con dicho acto que el Gobierno Nacional ejerza las facultades a las cuales se refiere el artículo 215 de la Constitución Política y las demás disposiciones que requiera para conjurar la crisis.
Igualmente, que adopte mediante decretos legislativos, además de las medidas anunciadas en el Decreto revisado, todas aquellas s adicionales necesarias para conjurar la crisis e impedir la propagación de sus efectos y disponer las operaciones presupuestales necesarias para llevarlas a cabo.
La Corte verificó que se cumplieran los distintos requisitos de índole sustantivo y material que la Constitución y la Ley imponen a los decretos declarativos de estados de emergencia y, en consecuencia, decidió declararlo EXEQUIBLE.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 601/17. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- Declarar EXEQUIBLE el Decreto 601 del 6 de abril de 2017, "Por el cual se declara el Estado de Emergencia Economica, Social y Ecologica en el municipio de Mocoa".
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.