C-347 de 2019
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Revision De Constitucionalidad De La Ley 1898 De 2018
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Contenido y alcance
- Estricto sensu
- Parámetro de control de constitucionalidad
- Facultades del representante del Estado colombiano
- Aspecto formal
- Negociación, celebración y aprobación ejecutiva
- Jurisprudencia constitucional
- Procedimiento de formación previsto para leyes ordinarias
- Publicación del texto aprobado
- Intensidad del control
- Remisión a la Corte Constitucional
- Trámite de ley ordinaria con inicio de debates en el Senado de la República
- Sanción presidencial
- Trámite en el Congreso
- Contenido y alcance
- Se ajusta a la Constitución Política
- Validez en la representación de un Estado
- Contenido y alcance
- Elemento material
- Verificación de la realización de la consulta previa a las comunidades étnicas
- Competencia de la Corte Constitucional
- Trámite del proyecto de ley en Senado y Cámara
- Garantía de la supremacía de la Constitución
- Criterios utilizados para identificar en qué casos procede por existir una afectación directa de los grupos étnicos
- Características
- Cumplimiento de requisitos constitucionales y legales en su trámite legislativo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Revisión oficiosa de la Ley 1898 de 2018, por medio de la cual se aprueba el primer protocolo modificatorio del protocolo adicional al acuerdo marco de la alianza pacífico, firmado en Paracas, Ica, República del Perú, el 3 de julio de 2015 y el segundo protocolo modificatorio del protocolo adicional al acuerdo marzo de la alianza del pacífico, firmado en Puerto Varas, República de Chile, el 1 de julio de 2016.
La Corte determinó que los dos protocolos examinados, modificatorios del protocolo adicional al acuerdo marco de la alianza pacífico, los cuales buscan profundizar en la integración económica de los países miembros, se ajustan a los postulados de la Constitución.
Con base en la anterior consideración, la Sala declaró la EXEQUIBILIDAD de los instrumentos internacionales revisados y de su Ley aprobatoria.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1898/18. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. Declarar EXEQUIBLE el "Primer Protocolo Modificatorio del Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza Pacifico", firmado en Paracas, ICA, Republica del Peru, el 3 de julio de 2015, y el "
- Segundo. Protocolo Modificatorio del Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza Pacifico" firmado en Puerto Varas, Republica de Chile, el 1o de julio de 2016.
- SEGUNDO. Declarar EXEQUIBLE la Ley 1898 de 2018, "por medio de la cual se aprueba el "Primer Protocolo Modificatorio del Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza Pacifico", firmado en Paracas, ICA, Republica del Peru, el 3 de julio de 2015, y el "
- Segundo. Protocolo Modificatorio del Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza Pacifico" firmado en Puerto Varas, Republica de Chile, el 1o de julio de 2016.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.