Micelio
Sentencia de Constitucionalidad15 de marzo de 2000Sala Plena

C-291 de 2000

Ponente José Gregorio Hernández Galindo

Demandante Juana Maria Caballero

Tema · dato duro
Exencion Tributaria. Conservación De Condiciones Inicialmente Prometidas A Quienes Suscribieron Títulos
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Bonos De Deuda Publica Externa Para Mercado Internacional De Capitales Y Local
  • Exenciones temporales y modificaciones de algunos impuestos
Congreso
  • Potestad para establecer tributos
Exencion Tributaria
  • Facultad legislativa no es absoluta
  • Facultad legislativa para determinación
  • Modalidades de trato diferente
  • Conservación de condiciones inicialmente prometidas a quienes suscribieron títulos
  • Inexistencia de discriminación
  • Inexistencia de premisa de comportar en sí misma discriminación
Tributo
  • Señalamiento de sujetos pasivos
  • Establecimiento legislativo de distinciones entre contribuyentes
Bonos Colombia
  • No generación de impuestos sobre la renta
Exencion Tributaria A Bonos Colombia
  • Conservación de condiciones a quienes suscribieron títulos
6 temas · 12 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 488/98.

Art. 7 parcial.

Eliminacion exencion tributaria a contribuyentes que posean titulos deuda de la nacion.

Exequible.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 488/98. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 218Ley 488/98EXEQUIBLE
Art. 7Ley 488/98 «parágrafo»EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. RESUELVE:
  3. Declárase EXEQUIBLE, por el cargo examinado, es decir por no haber violado los principios de igualdad y equidad tributaria, el parágrafo del artículo 218 del Estatuto Tributario, tal como quedó redactado a partir del artículo 7 de la Ley 488 de 1998.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.