Micelio
Sentencia de Constitucionalidad5 de junio de 1997Sala Plena

C-282 de 1997

Ponente José Gregorio Hernández Galindo

Demandante Herbert Vasquez Pinzon

Tema · dato duro
Ley 300/96. Art. 83. Habitaciones Hoteleras Como Domicilio Privado. Exequible E Inexequible.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Propiedad Intelectual
  • Vulneración en sector hotelero
Establecimiento Hotelero Y De Hospedaje
  • Reclamación derechos de autor por ejecución de obras artísticas
  • Consentimiento para la ejecución de obra artística y pago
Habitacion De Hotel
  • Constituye domicilio
  • Ejecución de obra artística
  • Carácter privado
Comision Accidental
  • Discrepancias textos de proyectos
Derecho A La Intimidad Personal Y Familiar
  • Carácter de domicilio del inmueble o habitación
  • Huéspedes de hoteles y sitios de alojamiento
Principio De Igualdad
  • Reclamación derechos de autor por ejecución
Tramites De Leyes Y Actos Legislativos
  • Discrepancias deben ser objeto de conciliación expresa
8 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 300/96. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 83Ley 300/96 «Excepto las palabras "Para los efectos del artículo 44 de la Ley 23 de 1982".»EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE:
  3. En los terminos y por las razones expresadas en esta Sentencia, declarase EXEQUIBLE el articulo 83 de la Ley 300 de 1996, excepto las palabras "Para los efectos del articulo 44 de la Ley 23 de 1982...", que se declaran INEXEQUIBLES.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.