C-202 de 2016
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Objeciones Gubernamentales Al Proyecto De Ley 091/11 Senado Y 047/10 Camara
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No está habilitada a abrogarse la facultad del Constituyente para crear o extender términos que no están previstos en la Carta Política
- Llamado de atención al Gobierno Nacional recordándole su obligación de actuar con diligencia en los trámites legislativos a los cuales sea vinculado y de respetar el deber constitucional de colaboración armónica entre las ramas del po
- No existe vacío en la Constitución en torno al término que tiene el Congreso para aprobar o negar las o
- Cuando se trata del trámite y aprobación de un proyecto de ley objetado por el Gobierno, por razones de
- Es inviable que pese a la aprobación en ambas cámaras en debida forma de un proyecto de ley, se pierda
- Examen debe limitarse al trámite de las objeciones mismas y no al trámite de la ley objetada
- Inexequible por haber excedido el plazo de dos legislaturas para el trámite de todo proyecto de ley
- Plazo de dos legislaturas en los términos del artículo 162 de la Constitución Política
- Término del Congreso para pronunciarse
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Revisión oficiosa de las Objeciones Gubernamentales presentadas al proyecto de ley número 091/11 Senado y 047/10 Cámara, por el cual se modifica la Ley 11 de 1979, se adopta el Código de Ética de la Profesión de Bibliotecología y se dictan otras disposiciones.
Se declara la INEXEQUIBILIDAD del precitado proyecto de ley, porque se comprobó que el trámite del texto rehecho de conformidad con las objeciones gubernamentales y la sentencia de la Corte Constitucional superó el plazo de dos legislaturas consagrado en el artículo 162 de la Carta Política, lo cual genera un claro vicio de inconstitucionalidad por motivos de procedimiento legislativo.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 11/79. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- DECLARAR la INEXEQUIBILIDAD del Proyecto de Ley numero 091 de 2011 -Senado-, 047 de 2010 -Camara-, "por el cual se modifica la Ley 11 de 1979, se adopta el Codigo de Etica de la Profesion de Bibliotecologia y se dictan otras disposiciones" por violacion del articulo 162 de la Constitucion Politica, y, en consecuencia, ordenar su archivo.
- Notifiquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.