C-1061 de 2003
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Ariel De Jesus Cuspoca Ortiz
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Regla general en el derecho comparado
- Diferencia en cuanto al órgano competente para adelantar investigación en primera instancia
- Excepción a la responsabilidad disciplinaria
- Objetivos del sistema de competencias
- Procedencia excepcional de la competencia de los superiores inmediatos
- Incumplimiento en la organización da lugar a responsabilidad disciplinaria
- Naturaleza y finalidad
- Previsión transitoria
- No puede eludir interpretación de normas legales
- Aplicación del procedimiento en investigaciones disciplinarias
- Conformación
- Instrumento de la Administración
- Garantía de imparcialidad
- No le corresponde establecer el sentido autorizado de las normas legales
- Trato diferente obedece a finalidad constitucionalmente válida
- Implicaciones por estar a cargo del nominador
- No es contrario a la Constitución
- Se ejerce en dos niveles
- Desarrollo de la potestad sancionadora de la administración
- Directrices para organismos y entidades de las ramas y órganos del Estado a fin de organizar control disciplinario
- Situación objetiva externa a la respectiva entidad
- Sujeto a normas y principios formales y sustanciales de la función disciplinaria
- Debe aplicar rigurosamente la ley
- Figura nueva en Ley 200 de 1995
- Avances en la Ley 734 de 2002
- Determinación de normas conforme a la Constitución
- El superior encargado de adelantarlo está sometido a reglas que garantizan el debido proceso
- Ejerce vigilancia sobre investigadores
- No viola principio el juez natural
- No puede supeditarse a situación objetiva
- Régimen de transición en primera instancia
- No es competencia del superior inmediato
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 734/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Declarar la EXEQUIBILIDAD, por los cargos estudiados en esta providencia, de los apartes acusados del numeral 32 del articulo 34 y el paragrafo 3deg del articulo 76 de la Ley 734 de 2002.
- Notifiquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.