C-060 de 2005
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Rafael Guillermo Lopez Martinez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Mecanismos del usuario
- Debe garantizar de manera efectiva los derechos constitucionales de carácter fundamental
- Derechos de los usuarios
- Es obligatoria desde el momento en que el usuario la conoce
- Concepto
- Concepto de eficiencia en su prestación
- Dirección está en cabeza del Estado
- Naturaleza del acto de facturación
- Prescripción de cinco meses a favor del usuario para el cobro de costos no facturados por error u omisión
- Relación jurídica entre usuarios y empresas
- Alcance
- Concepto
- Naturaleza onerosa de su prestación
- Objetivos
- Regulación obedece a intereses públicos planteados por el Estado social de derecho
- Fines de las potestades y prerrogativas
- Control de tutela judicial y autotutela de la administración
- Vía gubernativa y revocatoria directa de los actos administrativos
- Límites
- Vía gubernativa
- Empresa debe poner en conocimiento del usuario la factura para el pago
- No integración
- Aspectos que regula
- Diferido al legislador
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 142 de 1994 art. 150 (parcial).
Establece el regimen de los servicios publicos domiciliarios.
De los cobros inoportunos.
Al cabo de cinco meses de haber entregado las facturas las empresas no podran cobrar bienes o servicios no facturados.
El estado y los servicios publicos domiciliarios.
Naturaleza legal y potestad de la administración respecto de los servicios públicos domiciliarios.
Empresas prestadoras de los servicios publicos y su relacion con los usuarios.
Exequibles los terminos "error omision" de que trata el articulo 150 de la ley 142 de 1994
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 142/94. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE
- 1. Declarar EXEQUIBLES los términos " error , omisión " , de que trata el Art. 150 de la ley 142 de 1994, por los cargos analizados en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.