Sentencia de Tutela29 de agosto de 2002
T-697 de 2002
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Maria Gladys Ortega De Ortega Vs. Eaab
✓
Tema · dato duro
Derechos A La Vida Igualdad Y Debido Proceso. Suspension Servicio De Agua Potable. Alivio Financiero. Naturaleza Juridica Del Contrato De Condiciones Uniformes De Servicios Publicos Domiciliarios. Publicicidad. Hecho Superado. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derechos Fundamentales
- Su defensa no puede convalidar el no pago de servicios públicos recibidos
Empresa De Servicios Publicos
- Relación con el usuario
Contrato De Condiciones Uniformes
- Expedición de actos para recuperación de cartera morosa
Contrato De Servicios Publicos
- Condiciones uniformes
Empresa De Servicios Publicos Domiciliarios
- Condiciones uniformes
Principio De Publicidad En Servicio Publico Domiciliario
- Empresa debe poner en conocimiento del usuario la factura para el pago
Servicios Públicos
- No gozan del principio de gratuidad
7 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (9 puntos)
- Primero. Por las razones expuestas en este proveído, y por tratarse de un hecho superado, confirmar la sentencia de 9 de abril de 2002 de la Sala Civil del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá, por la cual se revocó la del a quo, denegando en su lugar la tutela impetrada por la señora MARÍA GLADYS ORTEGA DE ORTEGA contra la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá.
- Segundo. Por Secretaría, líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- JAIME ARAÚJO RENTERÍA
- Magistrado Ponente
- ALFREDO BELTRÁN SIERRA
- Magistrado
- MANUEL JOSÉ CEPEDA ESPINOSA
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SÁCHICA MENDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a2
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.