Micelio
Sentencia de Constitucionalidad9 de mayo de 2018Sala Plena

C-037 de 2018

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Martin Alonso Alvarez Bermudez·Demandado Ley 617 De 2000

Tema · dato duro
Inhabilidad Para Ser Alcalde. Haber Sido Condenado En Cualquier Época Por Sentencia Judicial A Pena Privativa De La Libertad.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Expresion “cualquier Epoca” Contenida En Norma De La Ley 617 De 2000 Sobre Inhabilidades Para Ser Alcalde
  • Legislador no viola los principios de legalidad, de igualdad y no discriminación
Cosa Juzgada Constitucional De Norma De La Ley 617 De 2000
  • Inexistencia de identidad de objeto y de cargo, declarado exequible en las sentencias C-837, C-838, C-952 y C-998 de 2001
Inhabilidades Para Alcalde
  • Condena por sentencia a pena privativa de libertad excepto por delitos políticos o culposos
Inhabilidades
  • Naturaleza
  • No constituyen una pena
  • Finalidad
7 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra la expresión “en cualquier época” contemplada en el numeral 1º del artículo 37 de la Ley 617 de 2000, por la cual se reforma parcialmente la Ley 134 de 1994, el Decreto Extraordinario 1222 de 1986, se adiciona la ley orgánica de presupuesto, el Decreto 1421 de 1993, se dictan otras normas tendientes a fortalecer la descentralización y se dictan normas para la racionalización del gasto público nacional.

El demandante alega que la expresión cuestionada establece una inhabilidad con efectos retroactivos, la cual desconoce el principio de legalidad y constituye una violación al principio de igualdad.

La Corte considera que El Legislador no viola los principios de legalidad, de igualdad y no discriminación, al contemplar tratos diferentes frente a dos causales de inhabilidad distintas establecidas para ser alcalde municipal o distrital respecto de cualquier ciudadano; e inhabilidad para los concejales y diputados que con posterioridad a la vigencia de la Ley 617 de 2000 perdieran sus respectivas investiduras.

Concluye que la diferencia de trato se funda en un criterio objetivo y razonable, que no impone cargas desproporcionadas.

EXEQUIBLE.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 1421/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 37Decreto 1421/93EXEQUIBLE
Sobre toda la normaLey 134/94EXEQUIBLE
Art. 37Ley 617/00 «“en cualquier época” , numeral 1»EXEQUIBLE
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. Levantar la suspension de terminos decretada por Auto 305 del 21 de junio de 2017 (M.P. Gloria Stella Ortiz Delgado), respecto de este proceso.
  2. SEGUNDO. Declarar EXEQUIBLE el aparte "en cualquier epoca" contenido en el numeral 1deg del articulo 37 de la Ley 617 de 2000 por los cargos analizados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.