C-036 de 2024
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Palacios Mejía Hugo·Demandado Estatuto Tributario
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Jurisprudencia constitucional
- Índices internacionales para la determinación de la sobretasa del impuesto sobre la renta para las empresas extractoras de carbón no constituyen elementos del tributo
- Alcance
- Estarse a lo resuelto en la sentencia C-489 de 2023
- Alcance y efectos
- Efectos respecto de inexequibilidad
- Tipología
- Condiciones para delegación en la administración
- No vulneración
- Dimensión horizontal y vertical
- Características
- Contenido
- Fundamento esencial de la soberanía
- Se deriva del principio de legalidad tributaria
- Casos en que se vulnera
- Alcance
- No vulneración
- Concepto
- No se vulnera en sobretasa del impuesto sobre la renta para las empresas extractoras de carbón
- Etapas de su análisis y modalidades del test de igualdad según el grado de intensidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el Parágrafo 3 del artículo 240 y el Parágrafo 1 del artículo 115 del Estatuto Tributario, modificados por los artículos 10 y 19 de la Ley 2277 de 2022.
El demandante adujo que las disposiciones acusadas vulneran los principios de legalidad, equidad, certeza e irretroactividad de la ley en materia tributaria.
Los apartes demandados del artículo 10º establecen una sobre tarifa condicionada al aumento del precio internacional del carbón, a cargo de los contribuyentes del impuesto sobre la renta que desarrollen la actividad económica de extracción de hulla (carbón de piedra) y carbón lignito, y tengan una renta gravable igual o superior a cincuenta mil (50.000) UVT.
La Corte concluyó que esta norma no desconoce los principios alegados, por cuanto señala de manera clara y completa todos los elementos esenciales de la sobretasa y las condiciones para su aplicación, por lo que el contribuyente conoce de manera previa y con certeza las condiciones que exige la norma para estar obligado al pago de la sobretasa.
Con base en lo anterior, la declaró EXEQUIBLE.
Respecto al aparte censurado del artículo 19, el cual prohibía deducir de la base gravable del impuesto sobre la renta, como un costo o gasto, la contraprestación económica a título de regalía por la explotación de recursos naturales no renovables, la Corte constató la configuración del fenómeno de la cosa juzgada y, por ello, decidió ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-489/23, mediante la cual se declaró su inexequibilidad.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto ley 624/89. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-489 de 2023, mediante la cual se declaró la inexequibilidad del parágrafo 1 del artículo 19 de la Ley 2277 de 2022, "[p]or medio de la cual se adopta una reforma tributaria para la igualdad y la justicia social y se dictan otras disposiciones".
- SEGUNDO. Declarar EXEQUIBLE los apartes demandados del parágrafo 3 del artículo 240 del Decreto Ley 624 de 1989, "Por el cual se expide el Estatuto Tributario de los Impuestos Administrados por la Dirección General de Impuestos Nacionales", tal como fue modificado por el artículo 10 de la Ley 2277 de 2022, "Por medio de la cual se adopta una reforma tributaria para la igualdad y la justicia social y se dictan otras disposiciones", por los cargos estudiados en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.