A- de 2002
Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett
✓Demandante Luis Angel Oviedo Rodriguez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Superior jerárquico común
- Asunción por Corte Constitucional cuando no existe superior jerárquico común
- No puede presentarse entre jueces de distinta jerarquía
- Juzgados de distinta jerarquía
- Cuando juez no tiene competencia debe remitirla al competente
- Competencia residual para dirimir conflictos de competencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se revocó el auto proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué, en el cual inadmitieron el conflicto de competencias planteado por el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Natagaima y el Juzgado Primero Civil del Circuito del Guamo, toda vez que es ese Tribunal quien tiene la competencia para resolver el conflicto suscitado entre los jueces de tutela mencionados por ser el superior jerárquico común.
En consecuencia, se remite el expediente para que defina quién es la autoridad judicial competente para conocer de la acción de tutela interpuesta por el ciudadano de la referencia contra la Lotería del Tolima.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR por lo anotado en la parte motiva, el auto proferido el dia 23 de enero de 2002 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibague, en el cual inadmitieron el conflicto de competencias planteado por el Juzgado
- Segundo. Promiscuo Municipal de Natagaima y el Juzgado
- Primero. Civil del Circuito del Guamo.
- Segundo. ORDENAR que por Secretaria General se remita el expediente al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibague, para que defina quien es la autoridad judicial competente para conocer de la accion de tutela interpuesta por el senor Luis Angel Oviedo Rodriguez contra la Loteria del Tolima.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.