DecretoDerogado
Decreto 1901 de 1990
Por el cual se establece la estructura orgánica del Ministerio de Comunicaciones, se determina las funciones de sus dependencias y se dictan otras disposiciones
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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1El Sector De Comunicaciones Está Constituido Por El Ministerio De Comunicaciones Y Las Siguientes Entidades: Administración Postal Nacional, Adpostal2El Ministerio De Comunicaciones Es El Rector Del Sector De Comunicaciones Y Le Corresponde, A Través Del Ministro Y De Acuerdo Con El Presidente De La República, Formular Y Adoptar La Política General Del Sector Que Será De Obligatorio Cumplimiento Para Todas Las Entidades Públicas Del Sector3El Ministerio De Comunicaciones Cumplirá Las Siguientes Funciones: 14La Estructura Orgánica Del Ministerio De Comunicaciones Será La Siguiente: 15Son Funciones Del Ministro, Además De Las Que Le Señalan La Constitución Y Las Leyes, Las Siguientes: A) Fijar Las Políticas, Dirigir Y Orientar La Formulación De Los Planes, Programas Y Proyectos De Desarrollo Del Sector De Comunicaciones; B) Orientar Y Coordinar La Gestión De Todas Las Dependencias Del Ministerio; C) Coordinar Las Entidades Que Pertenecen Al Sector; D) Velar Porque Las Entidades Que Pertenecen Al Sector De Comunicaciones, Cumplan Las Normas Legales Y Reglamentarias Pertinentes, E Imponer Las Sanciones Correspondientes; E) Otorgar Las Concesiones Y Autorizaciones Para La Prestación De Servicios Que Correspondan Al Ministerio; F) Evaluar Los Resultados De La Gestión Del Ministerio Y De Las Entidades Adscritas6Son Funciones De La Oficina De Divulgación Y Prensa, Las Siguientes: A) Asesorar Al Ministro En Todo Lo Referente A La Imagen Institucional Y Coordinar Las Actividades De Divulgación Del Ministerio; B) Preparar Boletines Y Establecer Servicios Informativos Para El Sector De Comunicaciones Y Coordinar La Apropiada Divulgación De Las Actividades Del Sector; C) Seleccionar Datos E Información Pública De Interés General Para Las Distintas Dependencias Del Ministerio Y Hacerlos Conocer7Son Funciones De La Oficina Internacional Las Siguientes: A) Hacer Un Seguimiento De La Legislación Y Documentación Internacional Y Proponer Las Medidas Pertinentes; B) Coordinar Las Políticas Internacionales Del Sector De Comunicaciones, Y Las Actividades Que En Este Campo Desarrollan Las Entidades Adscritas Y Vinculadas; C) Proponer Programas De Cooperación Técnica Del Sector Con Otros Gobiernos Y Organismos Internacionales; D) Coordinar Las Relaciones Con Los Organismos Internacionales De Telecomunicaciones Y Postales, De Conformidad Con Los Tratados Y Los Convenios Internacionales Ratificados; E) Estudiar Los Tratados Y Acuerdos Que Pretenda Suscribir El País Y Que Afecten Al Sector8Son Funciones Del Viceministro, Además De Las Que Le Señala La Ley, Las Siguientes: A) Coordinar, Bajo La Dirección Del Ministro, Las Funciones A Cargo De Las Direcciones Generales Del Ministerio; B) Velar Por El Cumplimiento De Los Programas Y Políticas Trazados Por El Ministerio; C) Apoyar Al Ministro En La Coordinación Sectorial Y En La Tutela Sobre Las Entidades Adscritas O Vinculadas Al Ministerio; D) Las Demás Que Le Señale O Delegue El Ministro, De Acuerdo Con La Naturaleza Del Cargo9El Secretario General, Además De Las Funciones Señaladas En La Ley Para Este Cargo, Cumplirá Las Siguientes: A) Coordinar, Bajo La Dirección Del Ministro, La Actividad Administrativa, Presupuestal, Financiera Y Jurídica Del Ministerio; B) Autorizar Las Novedades De Personal Distintas De Aquellas Relacionadas Con La Potestad Nominadora; C) Ordenar El Gasto Del Ministerio En Las Cuantías Que Le Delegue El Ministro; D) Coordinar La Elaboración Del Presupuesto Del Ministerio Y Los Planes Y Programas De Adquisición, Suministro Y Mantenimiento De Los Bienes Y Servicios Que Requiera El Ministerio Para Su Adecuado Funcionamiento; E) Las Demás Que Le Señale O Delegue El Ministro, De Acuerdo Con La Naturaleza Del Cargo10Son Funciones De La Oficina Jurídica, Además De Las Que Le Señale La Leu, Las Siguientes: A) Atender Los Procesos En Que El Ministerio Sea Parte; B) Asesorar Y Conceptuar Desde El Punto De Vista Jurídico, Sobre Los Asuntos Del Sector De Comunicaciones Que Se Sometan A Su Consideración; C) Asistir Jurídicamente A Las Diferentes Entidades Del Sector De Comunicaciones, Cuando Fuere El Caso; D) Proponer Y Mantener Mecanismos De Coordinación Intrasectorial E Intersectorial, En Lo Relacionado Con Los Asuntos De Su Competencia; E) Estudiar Y Conceptuar Sobre Los Informes Que Reciba De Las Violaciones A Las Normas Y Reglamentos De Redes Y Servicios De Telecomunicaciones Y Postales11Son Funciones De La División Administrativa Las Siguientes: A) Atender Y Coordinar Oportunamente A Todas Las Dependencias Del Ministerio, Los Recursos Humanos, El Suministro De Bienes Y Servicios Generales Que Se Requieran; B) Elaborar Los Proyectos De Resolución Referidos A Las Situaciones Administrativas De Personal Del Ministerio; C) Coordinar Con La Caja De Previsión Social De Comunicaciones, Caprecom, Los Programas De Salud Y Atención Médica A Los Empleados Del Ministerio; D) Diseñar Y Desarrollar Los Programas De Bienestar Social Y Capacitación, De Los Empleados Del Ministerio En Coordinación Con Los Organismos Competentes; E) Elaborar El Reglamento De Personal Y Sus Modificaciones, Y Velar Por Su Aplicación; F) Diseñar Y Adelantar Los Programas De Selección De Personal; G) Elaborar El Programa Anual De Compras, Llevar Y Mantener Actualizado El Registro De Proponentes Del Ministerio; H) Adelantar Los Trámites Necesarios Para La Adquisición, Conservación Y Suministro De Los Bienes Y Servicios Requeridos Por El Ministerio, Controlar Y Regular El Consumo De Los Materiales, Elementos Y Equipos Que Requieran Las Dependencias Del Organismo; I) Llevar Los Inventarios De Bienes Muebles, Equipos E Inmuebles De Propiedad Del Ministerio; J) Garantizar La Seguridad Y Vigilancia De Todas Las Instalaciones Físicas Del Ministerio; K) Diseñar Y Establecer Programas Preventivos De Mantenimiento Y Seguridad Industrial; L) Prestar El Servicio De Archivo Central, De Biblioteca, De Publicación E Impresión Y De Correspondencia Interna Y Externa Del Ministerio; M) Organizar El Servicio De Transporte Del Ministerio Y Los Servicios Generales; N) Supervisar La Ejecución De La Política De Seguros De Los Bienes Del Ministerio; O) Velar Por El Cumplimiento De Los Trámites Del Proceso De Contratación Del Ministerio12Son Funciones De La División De Finanzas Las Siguientes: A) Coordinar Y Controlar La Ejecución Del Presupuesto Del Ministerio Y El Cumplimiento De Las Normas Presupuestales Pertinentes; B) Llevar La Contabilidad Del Ministerio, Preparar Balances Y Presentar Los Informes Pertinentes De Acuerdo Con Las Normas Establecidas Por La Contraloría General De La República; C) Recaudar Los Ingresos Y Efectuar Los Pagos Que Le Correspondan Al Ministerio De Conformidad Con Las Normas Vigentes; D) Administrar Y Custodiar Los Dineros Y Títulos Valores Que Reciba El Ministerio De Acuerdo A Las Disposiciones Vigentes; E) Elaborar Y Presentar Los Informes De Pagos Y El Estado De La Situación De Tesorería Conforme A La Metodología E Instrucciones Establecidas Para Tal Efecto; F) Liquidar Los Diferentes Derechos, Tasas Y Transferencias Por Concesiones, Permisos Y Licencias Otorgadas Por El Ministerio Y Mantener Al Día El Estado De Cuentas De Cada Uno De Los Concesionarios13La Dirección General De Planeación Sectorial, Además De Las Funciones Señaladas En El Artículo 18 Del Decreto 1050 De 1968, A Las Oficinas De Planeación, Le Corresponden Las Siguientes: A) Orientar Y Coordinar La Elaboración De Los Planes Y Programas Del Sector, Para Su Posterior Presentación Al Departamento Nacional De Planeación Tendientes A Su Incorporación Al Plan Nacional De Desarrollo; B) Conceptuar Sobre Los Planes, Programas Y Proyectos De Ampliación De Las Redes Y Servicios De Telecomunicaciones Y Postales, Puestos A Consideración Del Ministerio; C) Coordinar La Formulación De Los Indicadores Técnicos, Financieros, De Gestión, De Cobertura Y Los Demás Que Sean Necesarios Con El Fin De Armonizar Y Optimizar El Desarrollo Del Sector De Las Comunicaciones; D) Proponer Directrices Para La Evaluación De Los Anteproyectos De Presupuesto De Funcionamiento E Inversión Del Ministerio Y De Las Entidades Adscritas Y Vinculadas Del Sector En Concordancia Con Las Leyes Vigentes; E) Proponer Y Coordinar La Elaboración De Estudios Sobre El Comportamiento De Los Sistemas Tarifarios Para Todos Los Servicios Que Presta El Sector De Comunicaciones Y Recomendar Las Políticas Adecuadas Con El Fin De Garantizar El Desarrollo Armónico Del Mismo; F) Estudiar La Estructura De Participaciones Que Le Corresponde A Las Diferentes Entidades Del Sector Que Intervienen En La Prestación De Los Servicios De Comunicaciones; G) Proponer Las Políticas Y Establecer Los Criterios Para La Normalización, Homologación Y Adquisición De Equipos Y Soportes Lógicos De Telecomunicaciones, Acorde Con Los Avances Tecnológicos; H) Formular Las Políticas De Promoción Y Desarrollo De La Investigación, Tecnología E Industria Nacional De Sector, En Coordinación Con Los Organismos Competentes; I) Proponer Y Coordinar Las Políticas Y Programas De Desarrollo Tecnológico, Y De Promoción De La Ingeniería Y Las Industrias Del Sector, Que Deban Ser Incorporadas Al Plan Nacional De Telecomunicaciones; J) Promover Con La Industria Nacional Los Programas De Producción, Productividad Y Calidad De Equipos Y Soportes Lógicos De Comunicaciones; K) Establecer Las Condiciones Para La Prestación Y Concesión De Servicios De Telecomunicación; L) Proponer Las Políticas De Transferencia, Adquisición Y Negociación De Tecnología Del Sector De Comunicaciones; M) Diseñar Políticas Y Mecanismos Para El Adecuado Cumplimiento De Las Funciones De Comprobación Técnica Del Espectro Radioeléctrico Y De Evaluación Y Vigilancia De Los Servicios De Telecomunicaciones; N) Elaborar Los Trabajos Y Preparar Los Documentos Requeridos Por El Consejo Nacional De Telecomunicaciones14La Oficina De Regulación Realiza Bajo La Dirección General De Planeación Sectorial, Las Siguientes Funciones: A) Elaborar Los Proyectos Y Proponer Las Normas Reglamentarias Concernientes Al Uso Del Espectro Radioeléctrico, Al Establecimiento, Uso Y Explotación De Redes De Telecomunicaciones, A Los Servicios De Telecomunicaciones Y A Sus Condiciones De Prestación; B) Elaborar Los Proyectos De Reglamentos Que Regulen El Sector De Las Comunicaciones Y Proponer Su Adopción; C) Elaborar Los Proyectos De Tratados Internacionales Que En Materia De Telecomunicaciones Presente El País; D) Proponer La Adopción De Normas Técnicas Y Reglamentaciones Concernientes Al Uso Del Espectro Radioeléctrico; E) Proponer La Codificación Y Actualización De Las Normas Jurídicas Del Sector De Comunicaciones, Propiciar Su Difusión Y Promover Su Aplicación15La División De Planeación De Frecuencias Y Redes Realiza Bajo La Dirección General De Planeación Sectorial, Las Siguientes Funciones: A) Elaborar El Plan Nacional De Frecuencias Y Cubrimiento De Las Estaciones Y Preparar Las Normas Pertinentes A Su Gestión; B) Elaborar El Plan Nacional De Telecomunicaciones Y Sus Actualizaciones; C) Preparar Estudios Requeridos Para La Normalización De Las Redes De Telecomunicaciones, La Homologación Y La Adquisición De Equipos Terminales Y Soportes Lógicos; D) Elaborar Estudios Requeridos Para Optimizar La Red De Telecomunicaciones16No Se Encuentra Digitado En Diario Oficial17No Se Encuentra Digitado En Diario Oficial18No Se Encuentra Digitado En Diario Oficial19No Se Encuentra Digitado En Diario Oficial20No Se Encuentra Digitado En Diario Oficial21No Se Encuentra Digitado En Diario Oficial22No Se Encuentra Digitado En Diario Oficial23No Se Encuentra Digitado En Diario Oficial24No Se Encuentra Digitado En Diario Oficial25No Se Encuentra Digitado En Diario Oficial26No Se Encuentra Digitado En Diario Oficial27No Se Encuentra Digitado En Diario Oficial28La Representación Legal Del Fondo, La Ordenación Del Gasto Y La Celebración De Contratos Corresponderá Al Ministro De Comunicaciones, Quien Podrá Delegar Estas Funciones, En Todo O En Parte29En Desarrollo De Su Objeto, El Fondo De Comunicaciones Destinará Sus Recursos A Los Siguientes Fines: A) La Compra, Mantenimiento Y Reparaciones Locativas, Arrendamiento Y Construcción De Inmuebles Para El Funcionamiento De Las Secciones De Evaluación Y Vigilancia De Servicios Y De Las Secciones De Administración Y Comprobación Técnica Del Espectro Radioeléctrico; B) La Adquisición, Mantenimiento Y Reparación De Equipos, Elementos Necesarios Para El Funcionamiento De Las Secciones De Evaluación Y Vigilancia De Servicios Y De Las Secciones De Administración Y Comprobación Técnica Del Espectro Radioeléctrico; C) El Pago De Viáticos Y Gastos De Viaje En La Cuantía En Que Lo Determinen Las Disposiciones Legales Vigentes Sobre La Materia, Por Concepto De Visitas Técnicas Y Administrativas A Los Operadores De Los Servicios De Telecomunicaciones Y Postales Que Deban Realizar Los Funcionarios Del Ministerio De Comunicaciones Y Por La Asistencia A Conferencias O Reuniones Nacionales E Internacionales Sobre Telecomunicaciones Y Asuntos Postales; D) El Pago De Cuotas Y Contribuciones A Los Organismos Internacionales De Telecomunicaciones Y Postales De Los Que Forma Parte Colombia; E) El Pago De Gastos Por Conceptos De Asesorías, Asistencia Técnica Y Estudios Que Requiera Contratar El Ministerio Para La Formulación Y Desarrollo De Programas Especiales Del Sector; F) El Pago De Honorarios Y Demás Gastos Que Ocasione El Funcionamiento De Consejos Y Demás Organismos Consultivos Del Ministerio De Comunicaciones30El Objetivo Básico Del Fondo Será El Financiamiento De Programas Del Ministro Y El Incremento De Su Capacidad Operativa Técnica31Al Fondo De Comunicaciones Ingresarán Los Siguientes Recursos: A) Los Recursos Que Se Causen Por Concepto De: 132El Presupuesto Del Fondo De Comunicaciones Se Adoptará Mediante Resolución Del Ministerio De Comunicaciones, Previo Visto Bueno De La Dirección General De Presupuesto Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público33Créase El Consejo Nacional De Telecomunicaciones, Integrado Por: 134El Consejo Nacional De Telecomunicaciones Tendrá Las Siguientes Funciones: A) Asesorar Al Ministro En La Formulación De Las Políticas Sobre Telecomunicaciones Y En La Evaluación De Los Resultados; B) Asesorar Al Ministro En La Formulación Y Actualización Del Plan Nacional De Telecomunicaciones Y En La Evaluación De Los Resultados; C) Recomendar Al Ministro Fórmulas Relativas A La Organización Del Sector De Telecomunicaciones Para La Prestación Armónica De Los Diferentes Servicios; D) Asesorar Al Ministro En El Análisis Del Presupuesto Anual De Inversiones De Las Entidades Del Sector Para Su Posterior Presentación Al Gobierno Nacional; E) Recomendar Al Ministro Los Objetivos Y Metas De Los Indicadores De Gestión Técnica Económica Y Financiera Para Las Entidades Del Sector De Telecomunicaciones; F) Conceptuar Sobre El Establecimiento Y Prestación De Servicios De Telecomunicaciones Y Sobre El Otorgamiento De Aquellas Concesiones Que Indique El Reglamento35El Secretario Del Consejo Será El Director General De Planeación Sectorial Del Ministerio De Comunicaciones36El Consejo Nacional De Telecomunicaciones Fijará Su Reglamento Interno Y Las Funciones Del Secretario37La Remuneración De Los Asesores Y Demás Gastos Que Cause La Secretaría Estarán A Cargo Del Fondo De Comunicaciones38El Consejo Filatélico Estará Integrado Por: 139El Consejo Filatélico Tendrá Las Siguientes Funciones: A) Asesorar Al Ministerio De Comunicaciones En La Adopción De La Política En Materia Filatélica; B) Conceptuar Sobre Cuáles Deben Ser Las Cantidades, Las Especificaciones Y Los Motivos De Los Sellos Postales, Y Proponer Al Ministro El Número De Ellos Que Deben Destinarse En Cada Emisión O Fines Filatélicos; C) Aquellas Que, En Aspecto Filatélico Le Encomiende El Ministro De Comunicaciones40La Comisión De Personal Del Ministerio De Comunicaciones Se Integrará Y Cumplirá Sus Funciones De Conformidad Con La Ley Y Disposiciones Legales Y Reglamentarias Vigentes41La Junta De Licitaciones Y Adquisiciones Del Ministerio Estará Integrada Por: A42El Secretario De La Junta Será El Jefe De La División Administrativa43La Junta De Licitaciones Y Adquisiciones Cumplirá Las Funciones A Ellas Asignadas En Las Disposiciones Legales Vigentes Sobre La Materia44Transitorio45Los Empleados Vinculados A La Carrera Administrativa Tendrán Derecho De Preferencia A Ser Incorporados A Cargos Equivalentes O Afines, En El Ministerio O En Sus Entidades Vinculadas O Adscritas, De Conformidad Con Las Disposiciones Vigentes46El Presente Decreto-Ley Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Deroga Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias Y En Especial El Decreto 129 De 1976, Salvo Los Artículos 27, 28, 29, 30, 31, 32, 34, 35, 36, 38 Y 39
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