Al Fondo de Comunicaciones ingresarán los siguientes recursos: a) Los recursos que se causen por concepto de
Las concesiones.
Las compensaciones.
Expedición de licencias.
Otorgamientos de permisos y de autorizaciones.
Derechos por registros.
Venta de pliegos de condiciones.
Multas impuestas por el Ministerio de Comunicaciones.
Intereses por mora que se generen en los contratos y autorizaciones.
Autenticaciones solicitadas por los particulares.
Clasificación de películas. b) El 40% que corresponda al Ministerio de Comunicaciones como participación en el producto de los siguientes servicios que presta la Administración Postal Nacional: Servicios Internacionales, canje de cuentas de encomiendas internacionales, cupones, respuestas y tránsito; c) Los rendimientos financieros obtenidos como consecuencia de las inversiones de los recursos del Fondo, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias sobre la materia; d) Los aportes del presupuesto nacional con destino al Fondo de Comunicaciones; e) Todas las demás formas de ingresos que obtenga el Ministerio de Comunicaciones fuera de los recursos asignados en el presupuesto nacional.