En desarrollo de su objeto, el Fondo de Comunicaciones destinará sus recursos a los siguientes fines
La compra, mantenimiento y reparaciones locativas, arrendamiento y construcción de inmuebles para el funcionamiento de las Secciones de Evaluación y Vigilancia de Servicios y de las Secciones de Administración y Comprobación Técnica del Espectro Radioeléctrico;
La adquisición, mantenimiento y reparación de equipos, elementos necesarios para el funcionamiento de las Secciones de Evaluación y Vigilancia de Servicios y de las Secciones de Administración y Comprobación Técnica del Espectro Radioeléctrico;
El pago de viáticos y gastos de viaje en la cuantía en que lo determinen las disposiciones legales vigentes sobre la materia, por concepto de visitas técnicas y administrativas a los operadores de los servicios de telecomunicaciones y postales que deban realizar los funcionarios del Ministerio de Comunicaciones y por la asistencia a conferencias o reuniones nacionales e internacionales sobre telecomunicaciones y asuntos postales;
El pago de cuotas y contribuciones a los organismos internacionales de telecomunicaciones y postales de los que forma parte Colombia;
El pago de gastos por conceptos de asesorías, asistencia técnica y estudios que requiera contratar el Ministerio para la formulación y desarrollo de programas especiales del sector;
El pago de honorarios y demás gastos que ocasione el funcionamiento de Consejos y demás organismos consultivos del Ministerio de Comunicaciones.