Créase el Consejo Nacional de Telecomunicaciones, integrado por
El Ministerio de Comunicaciones, quien lo presidirá.
El Jefe o Subjefe del Departamento Nacional de Planeación.
Dos representantes del Presidente de la República.
El presidente de Telecom.
Dos representantes de los demás operadores públicos de telecomunicaciones elegidos por éstos.
El Consejo Nacional de Telecomunicaciones contará con dos asesores permanentes, colombianos, de muy altas calidades profesionales, nombrados por el Presidente de la República.