Micelio

Artículo 12

Son Funciones De La División De Finanzas Las Siguientes: A) Coordinar Y Controlar La Ejecución Del Presupuesto Del Ministerio Y El Cumplimiento De Las Normas Presupuestales Pertinentes; B) Llevar La Contabilidad Del Ministerio, Preparar Balances Y Presentar Los Informes Pertinentes De Acuerdo Con Las Normas Establecidas Por La Contraloría General De La República; C) Recaudar Los Ingresos Y Efectuar Los Pagos Que Le Correspondan Al Ministerio De Conformidad Con Las Normas Vigentes; D) Administrar Y Custodiar Los Dineros Y Títulos Valores Que Reciba El Ministerio De Acuerdo A Las Disposiciones Vigentes; E) Elaborar Y Presentar Los Informes De Pagos Y El Estado De La Situación De Tesorería Conforme A La Metodología E Instrucciones Establecidas Para Tal Efecto; F) Liquidar Los Diferentes Derechos, Tasas Y Transferencias Por Concesiones, Permisos Y Licencias Otorgadas Por El Ministerio Y Mantener Al Día El Estado De Cuentas De Cada Uno De Los Concesionarios

Decreto 1901 de 1990 · Por el cual se establece la estructura orgánica del Ministerio de Comunicaciones, se determina las funciones de sus dependencias y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la División de Finanzas las siguientes

a)

Coordinar y controlar la ejecución del presupuesto del Ministerio y el cumplimiento de las normas presupuestales pertinentes;

b)

Llevar la contabilidad del Ministerio, preparar balances y presentar los informes pertinentes de acuerdo con las normas establecidas por la Contraloría General de la República;

c)

Recaudar los ingresos y efectuar los pagos que le correspondan al Ministerio de conformidad con las normas vigentes;

d)

Administrar y custodiar los dineros y títulos valores que reciba el Ministerio de acuerdo a las disposiciones vigentes;

e)

Elaborar y presentar los informes de pagos y el estado de la situación de Tesorería conforme a la metodología e instrucciones establecidas para tal efecto;

f)

Liquidar los diferentes derechos, tasas y transferencias por concesiones, permisos y licencias otorgadas por el Ministerio y mantener al día el estado de cuentas de cada uno de los concesionarios. DIRECCION GENERAL DE PLANEACION SECTORIAL

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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