Micelio

Artículo 8

Son Funciones Del Viceministro, Además De Las Que Le Señala La Ley, Las Siguientes: A) Coordinar, Bajo La Dirección Del Ministro, Las Funciones A Cargo De Las Direcciones Generales Del Ministerio; B) Velar Por El Cumplimiento De Los Programas Y Políticas Trazados Por El Ministerio; C) Apoyar Al Ministro En La Coordinación Sectorial Y En La Tutela Sobre Las Entidades Adscritas O Vinculadas Al Ministerio; D) Las Demás Que Le Señale O Delegue El Ministro, De Acuerdo Con La Naturaleza Del Cargo

Decreto 1901 de 1990 · Por el cual se establece la estructura orgánica del Ministerio de Comunicaciones, se determina las funciones de sus dependencias y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Son funciones del Viceministro, además de las que le señala la ley, las siguientes

a)

Coordinar, bajo la dirección del Ministro, las funciones a cargo de las Direcciones Generales del Ministerio;

b)

Velar por el cumplimiento de los programas y políticas trazados por el Ministerio;

c)

Apoyar al Ministro en la coordinación sectorial y en la tutela sobre las entidades adscritas o vinculadas al Ministerio;

d)

Las demás que le señale o delegue el Ministro, de acuerdo con la naturaleza del cargo. SECRETARIA GENERAL

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1901 de 1990