Micelio
DecretoVigente

Decreto 2464 de 1942

por el cual se reglamentan la admisión de alumnos y los estudios en la Escuela Naval de Cadetes.

56artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01

Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02

Artículos de la norma

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1La Escuela Naval Militar De Cadetes Es Un Instituto Destinado A Continuar La Instrucción General Secundaria De Sus Alumnos Y A Darles La Especializada En Estudios Militares Y Navales En Forma Básica Y Suficiente Para El Desempeño De Los Deberes De Guardiamarinas Y Subteniente De La Armada Nacional, En Los Ramos De Cubierta, Ingeniería, Administración E Infantería De Marina2Para Su Funcionamiento, La Escuela Naval Militar De Cadetes Se Dividirá En3A Los Cadetes Que Aprueben Sus Cursos De Especialización En Los Ramos De Cubierta, Ingeniería Y Administración, Se Les Concederá El Grado De Guardiamarinas En La Especialización Correspondiente4El Año Escolar Comenzará El Primer Lunes Del Mes De Febrero Para Los Cadetes Antiguos, Y El 15 Del Mismo Mes Para Los Nuevos Y Terminan El Días Último De Noviembre5Los Cadetes Serán Efectivos Y Pensionados6La Pensión De Los Cadetes No Efectivos, Satisface Únicamente Los Gastos Que Demanda Su Alimentación, Servicios De Peluquería Y Lavado; Reciben Gratis Enseñanza Secundaria, Instrucción Naval Militar, Equipo, Vestuario, Libros, Servicios Médicos Y Dentales, Drogas, Etc7Los Cadetes Tanto Efectivos Como Pensionados Deben Consignar Antes De Su Ingreso, En La Contaduría De La Escuela, La Suma De Veinte Pesos ($20), Como Depósito De Garantía Para El Pago De Los Elementos Que Pierdan O Dañen8Los Cadetes Estarán Sometidos, A Las Prescripciones Legales Y Reglamentarias De La Armada Y Gozarán De Los Derechos Y Prerrogativas Que Determinan Las Mismas9Para Ingresar A La Escuela Naval Militar De Cadetes Es Necesario Llenar Los Siguientes Requisitos10La Admisión De Los Aspirantes A La Escuela Naval Militar Puede Hacerse De Dos Maneras11Las Documentaciones Incompletas O No Presentadas Oportunamente, No Serán Tenidas En Cuenta12El Examen De Conocimientos Versará Sobre Las Materias De Bachillerato Del Último Año Que Haya Comprobado El Aspirante13Los Certificados Que Expidan Los Médicos Militares Destinados A La Comprobación De La Aptitud Física Serán Gratuitos14La Documentación De Los Aspirantes Que No Ingresen Puede Ser Retirada Mediante Solicitud Del Interesado15Los Exámenes Preliminares Tendrán Lugar En Las Capitales De Los Departamentos Y Se Verificarán El Segundo Lunes Del Mes De Diciembre Y De Acuerdo Con Los Programas Anexos Al Presente Reglamento16Para Estos Exámenes Se Establecerán Juntas Examinadoras Y Calificadoras17La Dirección General De Marina Previo Estudio De Los Documentos Provenientes De Los Departamentos, Llamará A Los Aspirantes Que Hayan Llenado Los Requisitos Reglamentarios Para Que Presenten A Examen Definitivo En Bogotá O Cartagena, A Elección Del Aspirante, A Partir Del Segundo Lunes De Enero A Las 8 A18La Junta Calificadora Estará Compuesta En Bogotá Por El Director General De Marina O Un Oficial Que Lo Represente, Por Un Oficial De La Escuela Naval; Por Los Profesores Que Sean Necesario Tomados De La Escuela Naval O De La Escuela Militar De Cadetes Y Por Los Oficiales De Sanidad Designados Por La Dirección General De Sanidad En Cartagena, Por El Comandante De La Base Naval O Un Oficial Que Lo Represente; Por El Director De La Escuela Naval, Por Los Profesores Internos Del Instituto Y Por El Jefe De Sanidad De La Base19Los Gastos De Traslado Serán Por Cuenta Del Aspirante Tanto Para La Presentación De Los Exámenes Preliminares Como Para Los Definitivos20Son Requisito Indispensable Para Presentar Exámenes Definitivos Que Los Candidatos Figuren En La Lista Elaborada Por La Dirección General De Marina Y Que Presenten En El Momento De Iniciarse El Examen, Su Tarjeta Postal De Identidad21Los Aspirantes Que Hayan Cursado Estudios En Colegios Reconocidos Por El Ministerio De Educación Nacional, Presentarán Los Exámenes De Ingreso En Las Materias Correspondientes A Quinto Año De Bachillerato22Cuando Se Trate De Aspirante Provenientes De Colegios No Reconocidos Por El Ministerio De Educación Nacional, Los Exámenes Versarán Sobre Todas Las Materias23Al Elaborar La Listas De Los Aspirantes Aprobados En Los Exámenes Definitivos De Admisión, Se Preferirá En Igualdad De Condiciones A Los De Menor Edad Y A Los Hijos De Oficiales De Las Fuerzas Militares En Servicio Activo O En Retiro24Terminados Los Exámenes De Admisión La Dirección General De Marina Proponer Al Ministerio De Guerra El Nombramiento De Cadetes Para Los Aspirantes Que Haya Obtenido Las Calificaciones Reglamentarias En Cada Una De Las Asignaturas Y Hayan Sido Declarado Aptos Físicamente25Para Que El Aspirante Se Incorpore A La Escuela, Necesita26Todo Cadete, Al Ingresar A La Escuela Naval Militar, Debe Llevar Y Mantener Su Permanencia En Ella, Las Siguientes Prensas De Equipo Personal27Los Aspirantes Que Sean Nombrados Cadetes Efectivos De La Escuela Naval, Deben Otorgar Con Su Representante Legal, Escritura Pública (Formulario Número 2), En La Cual Se Obliguen28El Fiador Debe Acreditar Ante La Dirección General De Marina O El Comando De La Base Naval Su Solvencia Para Que Estas Entidades Puedan Aceptar La Fianza En Representación Del Gobierno Nacional29Copia De La Escritura En Mención Debe Ser Presentada A La Dirección De La Escuela, Debidamente Registrada, En Los Treinta 83) Primeros Días Posteriores Al Nombramiento Del Cadete30Cuando La Fianza Se Constituya En Un Lugar Distinto De La Capital, La Solvencia Se Acredita Ante El Comando De La Guarnición Más Cercana, El Que A Su Vez Solicitará De La Dirección General De Marina La Autorización Correspondiente Para Representarla En Las Diligencias De Aceptación31Los Cadetes Pensionados No Están Obligados A Otorgar Fianza, Pero Perderán El Derecho A Continuar En La Escuela En Caso De Pérdida Del Curso O Retardo De Un Mes, Contado Desde La Fecha Determinada, Para Pagar Cada De Pensión Anual32Si Los Padres De Los Alumnos No Residen En Cartagena, Deben Acreditar Ante La Dirección De La Escuela Un Acudiente Domiciliado En Dicha Ciudad33No Podrán Ser Acudientes Los Oficiales De Planta De La Escuela O Profesores De La Misma34Serán Funciones Del Acudiente35La Calificación De Cada Materia Será De Cero (0) A Cinco (5), Cuya Equivalencia Es36Para Aprobar Una Materia Es Requisito Indispensable Obtener Una Nota Mínima De Tres (3)37Los Exámenes Serán De Tres Clases38Las Calificaciones Trimestrales Serán Tanto En Las Asignaturas Como En Los Ramos Del Servicio, Además De La Conducta, Espíritu Naval Militar, Y Aptitud Para El Mando Según El Curso39Los Exámenes Se Harán Teniendo Como Base Dos Cuestionarios Que Los Profesores Presentarán A La Dirección De La Escuela Naval, La Cual Determina El Cuestionario Sobre El Que Versará El Examen40La Calificación Definitiva Del Final Del Año Se Hará Por El Sistema Progresivo En La Siguiente Forma41La Conducta, El Espíritu Naval Militar Y La Aptitud Para El Mando, Deben Ser Aprobados Por Lo Menos Con Tres (3) Por Los Alumnos Del Curso General, Y Con 3,5 Por Los Alumnos De Los Cursos De Especialización42La Calificación Definitiva Del Examen De Habilitación Será La Obtenida En El Examen E El Examen Respectivo, Pero Para La Aprobación De La Materia Se Requiere Una Nota Mínima De Cuatro (4)43Las Materias Perdidas Por Falta De Asistencia Se Tendrán Por No Cursadas Y No Son Susceptibles De Examen De Habilitación44Cuando Un Alumno Repita Curso, Quedan Sin Valor Las Calificaciones Obtenidas En Todas Las Materias Del Curso Perdido Y Para Aprobarlo, Sólo Se Tendrán En Consideración Las Nuevas Calificaciones Que Obtenga45Los Alumnos Que Al Presentar Exámenes Usen Medios Indebidos, Serán Calificados Con La Nota Uno (1) Y No Tendrán Derecho A Un Nuevo Examen46El Alumno Pensionado Que Obtenga En Los Exámenes Finales La Aprobación De Todas Las Materias Con Un Promedio General De Cuatro (4) Y Que Compruebe Ante La Dirección General De Marina, Su Carencia De Recursos Pecuniarios, Encontrándose Al Día En Sus Pagos, Será Propuesto Por Ésta Para La Adjudicación De Beca47Solamente Tendrán Derecho A Exámenes (Trimestrales, Finales Y De Habilitación), Los Alumnos Que Tengan Arregladas Sus Cuentas Con La Contaduría De La Escuela48Las Bajas De Los Cadetes Navales, Pueden Causarse A Solicitud Propia O De La Dirección De La Escuela, La Cual Lo Hará En Los Siguientes Casos49Los Alumnos Que Hayan Salido De La Escuela Por Mala Conducta, Carencia De Espíritu Militar Incumplimiento En Los Pagos, Pérdida Del Curso, O A Solicitud Propia Sin Causa Justificada, No Serán Admitidos Nuevamente Ni Como Efectivos Ni Como Pensionados50Los Alumnos Que Hayan Salido De La Escuela Por Mala Conducta, Incumplimiento En Los Pagos O Pérdida Del Curso, No Tiene Derecho A Que Se Les Expida La Libreta Que Acredite La Prestación De Su Servicio Militar51El Profesor De La Escuela Estará Integrado Por Profesores Civiles Y Profesores Militares52Tanto Los Profesores Civiles Como Los Militares Deben Ser Cuidadosamente Seleccionados A Fin De Obtener El Máximo Rendimiento Y El Mejor Resultado En La Enseñanza53Los Profesores Serán Nombrados Por El Ministerio De Guerra A Propuesta De La Dirección General De Marina Temiendo En Cuenta Lo Siguiente54La Dirección De La Escuela Mantendrá En Íntimo Contacto Con El Personal Docente De Su Dependencia Y Procurará La Celebración De Consejos Periódicos Que Sirvan Para Armonizar Las Labores Educativas Del Plantel Y Para Dar Forma A La Instrucción Cultural Y Social55El Director De La Escuela Verificará Por Lo Menos En El Curso Del Año Tres Consejos Generales De Profesores, Uno Al Iniciarse Las Clases, Otro A Mediados Del Año Y Otro Antes De Clausurar El Periodo Escolar56Derógase El Decreto Número 1855 De 1939, Así Como Todas Las Disposiciones Contrarias Al Presente Decreto