Para que el aspirante se incorpore a la Escuela, necesita. obtener el nombramiento de Cadete Naval por decreto del Órgano Ejecutivo; Pagar los derechos de matrícula y depósito; Firmar con el acudiente la diligencia y matricula, y Presentar con el equipo de prensas personales el día fijado. V- Equipo personal
Decreto 2464 de 1942 →Vigente
Artículo 25
Para Que El Aspirante Se Incorpore A La Escuela, Necesita
Decreto 2464 de 1942 · por el cual se reglamentan la admisión de alumnos y los estudios en la Escuela Naval de Cadetes.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.