La calificación definitiva del final del año se hará por el sistema progresivo en la siguiente forma. La calificación definitiva se obtendrá haciendo un solo promedio de las calificaciones trimestrales definitivas y la nota del examen final, dándoles un valor de diez por ciento (10%), a la calificación del primer trimestre, un valor de veinte (20%) a la calificación del segundo trimestre, un valor del treinta por ciento (30%) a la calificación del tercer trimestre y un valor del cuarenta por ciento (40%) a la calificación del examen final del año. La aprobación de cada asignatura solamente se obtendrá cuando la calificación definitiva no sea inferior a tres (3) y el alumno tenga una asistencia igual al ochenta por ciento (80%) de las clases dictadas.
Decreto 2464 de 1942 →Vigente
Artículo 40
La Calificación Definitiva Del Final Del Año Se Hará Por El Sistema Progresivo En La Siguiente Forma
Decreto 2464 de 1942 · por el cual se reglamentan la admisión de alumnos y los estudios en la Escuela Naval de Cadetes.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.