Micelio

Artículo 10

La Admisión De Los Aspirantes A La Escuela Naval Militar Puede Hacerse De Dos Maneras

Decreto 2464 de 1942 · por el cual se reglamentan la admisión de alumnos y los estudios en la Escuela Naval de Cadetes.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La admisión de los aspirantes a la Escuela Naval Militar puede hacerse de dos maneras. como alumno efectivo o como pensionados, dentro de las vacantes que existan anualmente. Los aspirantes deben hacer su solicitud a la Dirección General de marina antes del 10 de diciembre de cada año, en la forma como adelante se indica, acompañada de los documentos y certificaciones exigidos por este reglamento, así

a)

Copia de la partida de bautismo o del acta de nacimiento del Registro Civil.

b)

Certificado médico, expedido por el Oficial de Sanidad Militar designado por la Dirección de este ramo en Bogotá, por los médicos militares en donde haya guarnición o por un médico oficial en donde no la haya. En el certificado debe hacerse constar que el individuo es apto para el servicio de las armas y no sufre enfermedades contagiosas.

c)

Certificado del Director del último colegio, en el cual se compruebe que el aspirante ha observado buena conducta. No se aceptará este certificado si tiene más de un año de haberse expedido.

d)

Certificado de estudios de cada uno de los años de bachillerato, expedido por la Dirección del colegio respectivo, con especificaciones de las materias, calificaciones y horas semanales de cada clase. A estos certificados se debe agregar el retrato del aspirante en tamaño pequeño (pasaporte). La firma responsable de los certificados anteriores, debe venir legalmente autenticada por una Notaria o Juzgado del lugar.

e)

Certificado del comando de la guarnición o de la autoridad civil más alta del Municipio de donde sea vecino el aspirante, en el cual se deje constancia de si, según su conocimiento y juicio, satisfacen o no las condiciones de honorabilidad que exige su situación de futuro cadete de la Escuela Naval Militar;

f)

Comprobación de soltería, que consiste en la copia de una declaración al respecto, hecha por el padre o su representante legal en un Juzgado o en una Notaria;

g)

Autorización del padre, la madre o el tutor, en que se comprometa conjuntamente el aspirante a someterse a las disposiciones legales y a las que imparta la Dirección en cualquier época;

h)

Certificado de vacuna antivariolosa;

i)

Todos los documentos anteriores deben presentarse en papel sellado, con excepción de los certificados de estudios que pueden ser expedidos en papel con membrete del colegio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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