Sentencia de Tutela17 de julio de 2000
T-909 de 2000
Ponente Alejandro Martínez Caballero
✓Demandante Jose Antonio Martinez Arango
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Salud. Dignidad Humana E Integridad Fisica De Menor. Cirugia Maxilofacial. Preexistencia. Coomeva. Concedida
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Contrato De Medicina Prepagada
- Cubrimiento de cirugía que no tiene fines estéticos
- Excepción a cobertura no puede plantearse de manera general
- Exclusión de preexistencias previa, expresa y taxativamente
Contrato De Medicina Prepagada Y Usuarios
- Relación contractual
Plan Obligatorio De Salud
- Cubrimiento de cirugía que no tiene fines estéticos
3 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia de 17 de febrero de 2000 proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín y en su lugar conceder la tutela de los derechos constitucionales fundamentales de la menor Manuela Martínez Osorio a la salud, a la dignidad humana, a la integridad física vulnerados por Salud Coomeva Medicina Prepagada S.A.
- Segundo. Ordenar a Salud Coomeva Medicina Prepagada S.A., que en un término no superior a los quince (15) días siguientes a la notificación de esta providencia, programe la práctica de la cirugía que requiere la menor Manuela Martínez Osorio.
- Tercero. Líbrense por Secretaría, las comunicaciones de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
- Notifíquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a8
T-689/99Der. A La Vida Y A La Salud. No Establecimiento De Preexistencias Por Coomeva S.A. Medicina Prepagada. Cirugia De Aneurisma. Concedida.T-096/99Der. A La Salud Y A La Vida. Cirugia De Columna Vertebral. Preexistencias. Colsanitas. Concedida.T-512/98Der. A La Vida Y A La Salud. Enfermedad Congenita. No Atencion Por Colpatria S.A. Medicina Prepagada. Hernia Inguinal De Menor. Concedida.T-290/98Der. A La Integridad Personal. Der. A La Vida. Preexistencias. Medicina Prepagada. Salud Colmena. Concedida.T-105/98Der. A La Salud. Exclusion Expresa De Enfermedades En Medicina Prepagada. Colsanitas. Negada.T-102/98Der. A La Salud. Cirugia De Senos Prominentes. Coomeva E.P.S. Se Niega A Realizarla Por Considerar Que Es Cirugia Estetica. Concedida.
Ver las 8 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.