Micelio
Sentencia de Tutela24 de octubre de 2007

T-881 de 2007

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Marleny Ruiz Camacho Vs. Saludcoop

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud
  • Dimensiones
  • Derecho prestacional protegible vía constitucional
  • Fundamental
Plan Obligatorio De Salud
  • Catéter doble j se encuentra incluido en el Pos
Accion De Tutela Contra Entidad Promotora De Salud
  • Procedencia
  • Procedencia para ordenar exámenes médicos excluidos del POS
6 temas · 9 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la vida en condiciones dignas la salud y la seguridad social de afiliada en calidad de beneficiaria que padecia calculos renales y a quien la entidad se niega a suministrarle el insumo cateter doble j requerido y formulado por su medico trante aduciendo que se trata de un elemento excluido del pos.solicita se ordene el suministro del insumo requerido.legitimacion activa y pasiva.

Derecho a la salud.

Circunstancias en las que el derecho a la salud adquiere el caracter de fundamental.

En el presente caso el derecho a la salud se torna fundamental de forma autonoma por lo que la entidad debe suministrar el elemento en forma efectiva real y oportuna y debe asumir la totalidad de su valor.concedida.

Se ordena dar traslado a la superintendencia nacional de salud

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido el 20 de abril de 2007 por el Juzgado
  2. Segundo. Promiscuo Municipal de San Jose de Guaviare y, en su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales a la vida en condiciones dignas, la salud y la seguridad social invocados por la senora Marleny Ruiz Camacho dentro de la accion de tutela promovida contra SaludCoop E.P.S.
  3. Segundo. ORDENAR al representante legal de SaludCoop E.P.S., que en el termino de cuarenta y ocho horas (48) horas, contado a partir de la notificacion de la presente sentencia, autorice el suministro del insumo cateter doble J a la senora Marleny Ruiz Camacho, de acuerdo con las prescripciones que para el efecto realizo su medico tratante y con cargo a sus propios recursos.
  4. Tercero. Por Secretaria General, DAR TRASLADO de la presente sentencia a la Superintendencia Nacional de Salud para que, dentro de las funciones de vigilancia y control que ejerce sobre las EPS, tenga en consideracion el flagrante desconocimiento que la entidad demandada hiciere de las normas sobre medicamentos y tratamientos incluidos dentro de la cobertura del POS y proceda de acuerdo con sus competencias.
  5. Cuarto. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.