T-865 de 2012
Ponente Alexei Egor Julio Estrada
✓Demandante Jorge Alvaro Posada Zapata·Demandado Establecimiento Carcelario De Manizales
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Caso donde el actor solicita el reconocimiento y pago de las bonificaciones por el tiempo desempeñado como bibliotecario del establecimiento carcelario
- Deber de protección derechos de los reclusos
- Orden al establecimiento carcelario efectué el reconocimiento de las bonificaciones que le corresponde al actor y las horas laboradas
- Finalidades para la resocialización del recluso
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Petición, trabajo.
El demandante aduce que la dirección del Establecimiento Carcelario de Manizales vulneró sus derechos fundamentales, al omitir dar respuesta al derecho de petición que presentó para solicitar el reconocimiento de las bonificaciones a las que considera tener derecho, por el trabajo de bibliotecólogo desempañado al interior de un patio de dicha reclusión.
El demandado fundamentó la falta de reconocimiento, en el hecho de no estar la labor desempeñada por el recluso entre las previstas a retribuir, según circular del INPEC.
La Sala analiza temática relacionada con los derechos de los reclusos en la jurisprudencia constitucional y sobre el trabajo carcelario y su objetivo de resocialización.
Se CONCEDE el amparo al derecho fundamental al trabajo y se ordena al accionado cumplir los trámites pertinentes para efectuar las bonificaciones que corresponden al actor con motivo de la actividad desempeñada por él como bibliotecario, los cuales, en todo caso, deberán reconocer horas laboradas por accionante con un valor mínimo igual al recibido por los demás reclusos de ese establecimiento, que hayan desempeñado actividades bajo la modalidad de administración directa.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por la Sala de Decision Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales del veintinueve (29) de febrero de 2012 y en su lugar AMPARAR el derecho fundamental al trabajo de Jorge Alvaro Posada Zapata contra el Establecimiento Carcelario y Penitenciario de Manizales.
- Segundo. ORDENAR a la Direccion de la Establecimiento Carcelario y Penitenciario de Manizales, que en el termino de treinta (30) dias, contados a partir de la notificacion de la presente sentencia, se cumplan los tramites pertinentes para efectuar el reconocimiento de las bonificaciones que corresponden al senor Jorge Alvaro Posada Zapata con motivo de la actividad desempenada por el como bibliotecario entre el
- primero. (1deg) de mayo de dos mil once (2011) y el ocho (8) de agosto de la misma anualidad, los cuales, en todo caso, deberan reconocer horas laboradas por el gestor del amparo con un valor minimo igual al recibido por los demas reclusos de ese establecimiento que hayan desempenado actividades bajo la modalidad de administracion directa.
- Tercero. LIBRESE por Secretaria la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.