Micelio
Sentencia de Tutela28 de agosto de 2008

T-846 de 2008

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Manuel Rodelo Zuñiga·Demandado Instituto De Seguros Sociales -Iss Eps-

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Incapacidad Laboral
  • Requisitos para el pago han sido definidos en los Decretos reglamentarios de la Ley 100 de 1993
2 temas · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la seguridad social y al minimo vital de trabajador independiente que sufrio fractura en pierna derecha y que fue incapacitado por 60 dias, pero la entidad se niega a reconocerle y pagarle la incapacidades aduciendo pagos extemporaneos. <br>solicita se ordene el pago de la incapacidades laborales.<br>reconocimiento y pago de incapacidades laborales.

Requisitos definidos en los decretos reglamentarios de la ley 100 de 1993 para que la eps a la que se encuentre afiliado un trabajador este obligada a pagar las incapacidades laborales.<br>los derechos fundamentales vulnerados seran protegidos por cuenta de la evidente demostracion de la afectacion del minimo vital del actor, pues lo que percibe mensualmente se constituye en su unica fuente de ingresos para satisfacer sus necesidades basicas.<br>concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR los fallos proferidos por el Juzgado Unico de Menores de Cartagena y por la Sala Civil y de Familia del Tribunal Superior de Cartagena dentro del proceso de la referencia, y en su lugar CONCEDER la proteccion a los derechos fundamentales a la seguridad social y al minimo vital del accionante.
  2. Segundo. ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales EPS que, dentro de los cinco dias habiles siguientes a la notificacion de esta sentencia, le pague al senor Manuel Rodelo Zuniga las incapacidades laborales identificadas con los numeros 41665 y 27920, expedidas el 11 de septiembre de 2007 y el 16 de octubre de 2007 respectivamente.
  3. Tercero. Librese por Secretaria General la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.