Micelio
Sentencia de Tutela24 de octubre de 2012

T-845 de 2012

Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo

Demandante Abraham Antonio Montoya Y Otros·Demandado Alcaldia Municipal De Pereira

Tema · dato duro
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Actos Administrativos De Caracter Particular Y Concreto
  • Procedencia excepcional
  • Improcedencia para solicitar a Alcaldía Municipal dar solución de vivienda de carácter permanente y reubicación temporal
Derecho A La Vivienda Digna
  • Orden a Alcaldía Municipal brindar información sobre los requerimientos para acceder a créditos de vivienda de interés social y los programas de generación de ingresos previstos en la entidad territorial, el departamento y la n
  • Alcance y contenido
  • Orden a Alcaldía Municipal brindar información sobre los requisitos que debe cumplir para ser incluido dentro de los programas de vivienda dispuestos por la entidad territorial, el departamento y/o la nación
Derecho Fundamental A La Vivienda Digna
  • Protección en el ámbito interno e internacional
  • Caso en que Alcaldía Municipal dicta orden de desalojo a familias que se encontraban ubicadas en un predio con categoría de público
Desalojo Forzoso
  • Debe adelantarse con el pleno respeto de los derechos fundamentales y debido proceso de las personas desalojadas
Vivienda Digna
  • Requisitos básicos de una vivienda adecuada
6 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se acumulan expedientes por unidad de materia.

Los accionantes alegan que la Alcaldía de Pereira les vulneró sus derechos fundamentales al debido proceso, a la vida y a la vivienda en condiciones dignas, al obligarlos, junto con sus familias, a desalojar sus viviendas por encontrarse ubicadas en un lote que hace parte del espacio público de dicho municipio, sin ofrecerles previamente una solución de vivienda de carácter permanente y sin reubicarlos temporalmente.

La Sala se pronuncia respecto a los siguientes temas: 1º.

El derecho fundamental a la vivienda digna. 2º.

El principio de la confianza legítima en la ocupación ilegal del espacio público y los procesos de desalojo forzoso y, 3º.

La procedencia excepcional de la acción de tutela contra actos administrativos de carácter particular y concreto.

Se confirman las decisiones de instancia que DENEGARON el amparo solicitado, pero se ordena a la accionada analizar las condiciones socio-económicas de los diferentes actores y brindarles información sobre los requisitos que deben cumplir para ser incluidos dentro de los programas de vivienda y los requerimientos para acceder a créditos y a programas de generación de ingresos

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (14 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR por las razones expuestas, la sentencia del 3 de febrero de 2012, proferida por el Juzgado
  2. Tercero. Civil Municipal de Pereira, Risaralda, que denego el amparo de los derechos fundamentales del senor Abraham Antonio Montoya al debido proceso, a la vida y la vivienda en condiciones dignas, presuntamente vulnerados por la Alcaldia Municipal de Pereira, Risaralda.
  3. SEGUNDO. ADICIONAR a la sentencia proferida por el Juzgado
  4. Tercero. Civil Municipal de Pereira, Risaralda, en el expediente T-3.409.753 el siguiente numeral: ORDENAR a la Alcaldia Municipal de Pereira que, en el termino de 48 horas, contado a partir de la notificacion de la presente providencia, analice las condiciones socio economicas del senor Abraham Antonio Montoya y le brinde informacion sobre:(i) los requisitos que debe cumplir junto con su familia, para ser incluido dentro de los programas de vivienda dispuestos por la entidad territorial, el departamento y/o la nacion; (ii) los requerimientos para acceder a creditos de vivienda de interes social y (iii) los programas de generacion de ingresos previstos en la entidad territorial, el departamento y la nacion.
  5. TERCERO. CONFIRMAR por las razones expuestas, la sentencia del 2 de mayo de 2012, proferida por el Juzgado
  6. Primero. Penal Municipal de Pereira, Risaralda, que denego el amparo de los derechos fundamentales de la senora Ana Belen Cardozo Lozano, al debido proceso, a la vida y a la vivienda en condiciones dignas, presuntamente vulnerados por la Alcaldia Municipal de Pereira, Risaralda.
  7. CUARTO. ADICIONAR a la sentencia proferida por el Juzgado
  8. Primero. Penal Municipal de Pereira, Risaralda, en el expediente T-3.503.435 el siguiente numeral: ORDENAR a la Alcaldia Municipal de Pereira que, en el termino de 48 horas, contado a partir de la notificacion de la presente providencia, analice las condiciones socio economicas de la senora Ana Belen Cardozo Lozano, y le brinde informacion sobre (i) los requisitos que debe cumplir junto con su familia, para ser incluida dentro de los programas de vivienda dispuestos por la entidad territorial, el departamento y/o la nacion; (ii) los requerimientos para acceder a creditos de vivienda de interes social y (iii) los programas de generacion de ingresos previstos en la entidad territorial, el departamento y la nacion.
  9. QUINTO. CONFIRMAR por las razones expuestas, la sentencia del 3 de mayo de 2012, el Juzgado
  10. Primero. Penal Municipal de Pereira, Risaralda, denego el amparo de los derechos alegados por el senor Nelson Huertas Arguello a la vida, al debido proceso y a la vivienda digna, presuntamente vulnerados por la Alcaldia Municipal de Pereira.
  11. SEXTO. ADICIONAR a la sentencia proferida por el Juzgado
  12. Primero. Penal Municipal de Pereira, Risaralda, en el expediente T-3.503.436 el siguiente numeral: ORDENAR a la Alcaldia Municipal de Pereira que, en el termino de 48 horas, contado a partir de la notificacion de la presente providencia, analice las condiciones socio economicas del senor Nelson Huertas Arguello, y le brinde informacion sobre (i) los requisitos que debe cumplir junto con su familia, para ser incluida dentro de los programas de vivienda dispuestos por la entidad territorial, el departamento y/o la nacion; (ii) los requerimientos para acceder a creditos de vivienda de interes social y (iii) los programas de generacion de ingresos previstos en la entidad territorial, el departamento y la nacion.
  13. SEPTIMO. Por Secretaria, librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  14. Notifiquese, comuniquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.