T-810 de 2006
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Luis Alberto Zubieta Rojas Y Arcelia Pardo Chacón Contra El Juzgado 59 Civil Municipal De Bogotá.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Excepción a la presentación de recibos de pago o consignación de los cánones para ser oído en juicio
- Se presentó otra por los mismos hechos
- Pago de cánones de arrendamiento para ser oído
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al debido proceso en proceso de restitución de inmueble arrendado.
Alega vía de hecho por dec1sion en proceso de restitucíon.
Tutela temeraria.
(el hecho de que se deniegue una tutela impetrada por cuanto ya se había presentado otra en el mismo sentido - cabe decir por los mismos hechos y entre las mismas partes- no significa que no puedan instaurarse nuevas acciones de tutela referidas a asuntos y hechos distintos a los que ya se analizarón.
Denegada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR la sentencia de tutela proferida por la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogota, el 30 de junio de 2006, que denego la tutela impetrada por Luis Alberto Zubieta Rojas y Arcelia Pardo Chacon contra el Juzgado Cincuenta y Nueve Civil Municipal de Bogota.
- Segundo. Librese por la Secretaria General las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.