T-326 de 2006
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Zoila Rosa Reina Gaviria Vs. Juzgado Noveno Civil Municipal De Bogota
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Presentación de recibos de pago o consignación de los cánones para ser oído en juicio
- Carga de la prueba en causal de no pago del arrendamiento
- Vulneración por cuanto no se dio trámite al incidente de tacha de falsedad
- Dudas respecto a la existencia real del contrato
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al debido proceso defensa y contradiccion de demandada en proceso abreviado de restitucion de inmueble arrendado que en su defensa propuso la tacha de falsedad de documento base de la accion y el juzgado ordeno no atender ni oir a la demandada por no haber acreditado el pago de los canones de arrendamiento adeudados como tampoco repuso el auto recurrido y nego la apelacion.
Solicita decretar la nulidad del auto que nego la reposicion y la apelacion al igual que nego ser oida la demandada y en consecuencia se le permita ejercer su derecho de defensa.
Jurisprudencia precedente relativa a la constitucionalidad de la limitación al derecho de defensa de los arrendatarios demandados en procesos de restitución de tenencia por arrendamiento consignada en el numeral segundo del parágrafo segundo del artículo 424 del c.p.c y la posibilidad de inaplicar la misma en ciertos casos excepcionalísimos.
En el caso en que el demandante alega la mora en el pago del canon de arrendamiento presupone la demostración así sea sumaria de la existencia del contrato de arrendamiento que daría lugar a la mora en los cánones.
Para la sala no procede aplicar la norma que exige al arrendatario demandado cancelar la totalidad de los cánones que se imputan en mora como requisito para ser oída en el juicio.
Por lo tanto la razón que en este caso impone inaplicar la disposición deriva en que el material probatorio obrante en el proceso de tutela arroja una duda respecto de la existencia real de un contrato de arrendamiento entre el demandante y el demandado.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida el
- primero. (1) de febrero de 2006 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota Sala Civil, que confirmo la sentencia que nego el amparo, proferida por el Juzgado Veinticinco Civil del Circuito de Bogota, y en su lugar conceder la tutela para la proteccion de los derechos al debido proceso, defensa y contradiccion de la senora Zoila Rosa Reina Gaviria.
- Segundo. En consecuencia, ORDENAR a la Juez
- Noveno. Civil Municipal de Bogota, dejar sin efecto lo actuado en el proceso de restitucion de inmueble arrendado a partir de la actuacion siguiente a la contestacion de la demanda, y darle tramite al incidente de tacha de falsedad de acuerdo a los articulos 289 a 291 del CPC, teniendo en cuenta la contestacion de la demanda y escuchando a la demandada Zoila Rosa Reina Gaviria dentro del proceso adelantado en su contra en el Juzgado
- Noveno. Civil Municipal de Bogota.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.