Micelio
Sentencia de Tutela3 de noviembre de 2009

T-782 de 2009

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Jose Ernesto Guevara Pinzon·Demandado Cajanal

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Regimen De Transicion En Pensiones De Empleados De La Rama Judicial Y Ministerio Publico
  • Desconocimiento vulnera el derecho a la seguridad social en conexidad con el derecho fundamental al debido proceso y con los derechos adquiridos
Reliquidacion De Pensiones
  • Requisitos que deben acreditarse para que proceda tutela transitoria
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Debido proceso, igualdad, dignidad humana.

El actor solicita el reajuste de su mesada pensional ya que la entidad accionada se niega a reconocer el régimen especial de empleados y funcionarios de la rama judicial.

La Sala pasa a estudiar, la procedencia excepcional de la acción de tutela para la liquidación de pensiones, sí la entidad accionada vulnero el debido proceso del actor al dejar de aplicar el régimen pensional que le correspondía, se encuentra que los derechos fundamentales del accionante han sido vulnerados ya que se le aplicó una normatividad que no era pertinente para el caso, se decide conceder la acción como mecanismo transitorio de protección.

Concedida. <br>

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR la decision proferida el 20 de mayo de 2009 por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota D.C.
  2. Segundo. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.