T-780 de 2005
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Alfredo Luis Prado Polo Vs. Banco Ganadero Bbva
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Hecho superado
- Vulneración por entidad bancaria al cancelar cuenta bancaria al haberse dado de baja la cédula del accionante
- Alcance
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la igualdad el reconocimiento de personalidad jurídica y al habeas data de persona que se encuentra disfrutando del beneficio de la libertad condicional y a quien la registraduuria nacional del estado civil dio de baja su cedula de ciudadania por suspensión de sus derechos políticos razon por la que el banco se niega a activar su cuenta de nomina lo que le impide manejar el sueldo que devenga.
Solicita se ordene al banco desbloquear la cuenta de nomina del accionante.
El derecho a la personalidad jurídica.
La corte ha señalado que el derecho a la personalidad jurídica no se reduce únicamente a la capacidad de la persona humana a ingresar al tráfico jurídico y ser titular de derechos y obligaciones sino que comprende además la posibilidad de que todo ser humano posea por el simple hecho de existir e independientemente de su condición determinados atributos que constituyen la esencia de su personalidad jurídica e individualidad como sujeto de derecho.
Son los llamados atributos de la personalidad.
Por consiguiente cuando la constitución consagra el derecho de toda persona natural a ser reconocida como persona jurídica (cp art. 14) está implícitamente estableciendo que todo ser humano tiene derecho a todos los atributos propios de la personalidad jurídica.â´ así del derecho fundamental al reconocimiento de la personalidad jurídica se deducen necesariamente los derechos a gozar de una identidad ante el estado y frente a la sociedad tener un nombre y un apellido ser reconocido como sujeto de derechos y obligaciones de conformidad con el ordenamiento jurídico.
La entidad demandada soluciono la situación planteada dando curso a la activacion de la cuenta de ahorro.
Carencia actual de objeto
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declarar la carencia actual de objeto.
- Segundo. Por Secretaría líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.