Micelio
Sentencia de Tutela2 de agosto de 2004

T-717 de 2004

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Xiomara Ortega Serrano Y Otros Vs. Agrupación De Vivienda Rafael Núñez Ii Etapa

Tema · dato duro
Derecho A La Participacion De Minorias En Consejo De Administración De Conjunto Residencial Por Inaplicación Del Sistema De Cuociente Electoral Previsto En El Reglamento De Copropiedad. Procedencia De La Tutela En Controversias Por Decisiones De Organos D
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Propiedad Horizontal
  • Procedencia en casos de conflictos entre habitantes de copropiedad o bienes sometidos al régimen de propiedad horizontal, cuando afecta derechos fundamentales
Asamblea De Copropietarios
  • Aplicación irregular del reglamento de copropiedad
Derecho A La Participacion Politica
  • Fundamental y se extiende a los demás campos de la actividad del individuo
Accion De Tutela Contra Particulares
  • Procedencia frente a la asamblea de copropietarios
Consejo De Administracion De Conjunto Residencial
  • Miembros deben ser elegidos de acuerdo al cuociente electoral
Derecho A La Participacion Y Asamblea De Coopropietarios
  • Violación del derecho por no haber usado el sistema de cuociente electoral
8 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida el dia 27 de febrero de 2004 por el Juzgado 30 Civil del Circuito de Bogota, que confirmo la dictada por el Juzgado 47 Civil Municipal de Bogota, negando la tutela, dentro de la accion instaurada por los ciudadanos Xiomara Ortega Serrano, Francisco Jose Cepero Pinzon y Cesar Arturo Home Celis contra la Agrupacion de Vivienda Rafael Nunez, II Etapa.
  2. Segundo. En su lugar, CONCEDER el amparo al derecho de participacion de los actores y, en consecuencia, ORDENAR a la Agrupacion de Vivienda "Rafael Nunez, II Etapa" que en el termino de quince (15) dias contados a partir de la notificacion de la presente sentencia, con base en la votacion efectuada en la Asamblea de Copropietarios del 8 de marzo del 2003, es decir, considerando el numero de votos obtenidos por cada una de las planchas y los nombres inscritos en cada una de estas, con el uso del sistema del cuociente electoral explicado en la parte motiva de esta sentencia, provea los miembros de un Consejo de Administracion que estara en funciones por un ano contado a partir de su integracion
  3. Tercero. ADVERTIR a la Agrupacion de Vivienda "Rafael Nunez, II Etapa", que en lo sucesivo debera observar cabalmente las normas que contiene su Reglamento de Copropiedad para la eleccion de los miembros de su Consejo de Administracion.
  4. Tercero. LIBRESE por secretaria la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Citada por7
T-361/17Derecho De Participación En Materia Ambiental, En El Marco De La Expedición De La Resolución Que Delimitó Páramo De SanturbanT-034/13Tutela de 2013T-557/12Tutela de 2012T-084/12Tutela de 2012C-1053/12Norma Sobre Creacion Del Fondo De Prestaciones Sociales Del Magisterio. Conformación Del Consejo DirectivoA. 183/06Solicitud De Aclaracion De La Sentencia T-717/04 En La Que Solicita Informes A La Corte Constitucional Y Hace Preguntas De Contenido Juridico Relacionadas Con Normas De Propiedad Horizontal. Por Regla General Las Decisiones Que, En Sede De Revisión De Fallos De Tutela, Dicta La Corte Constitucional No Son Susceptibles De Aclaración, Corrección O Adición En Virtud De Los Principios De Seguridad Jurídica, Cosa Juzgada Y El Derecho Al Debido Proceso. No Obstante, Y Con El Fin De Posibilitar La Ejecución De Sus Decisiones Y Asegurar La Protección De Los Derechos Fundamentales, La Corte Ha Establecido Que Sólo De Manera Excepcional, Procede La Aclaración O Corrección De Sus Fallos En Los Términos De Los Artículos 309 Y 310 Del Código De Procedimiento Civil. Para Esta Sala Resulta Claro Que La Señora Consuelo Sierra G No Fue Parte Dentro Del Proceso De Tutela Y Que, Por Ende, Carece De Legitimación Para Solicitar La Aclaración Del Fallo Proferido Por La Sala Primera De Revisión De Tutelas De La Corte Constitucional. Además Debe Indicarse Que La Solicitud De Aclaración De La Sentencia T-717/04 Hecha Por La Señora Consuelo Sierra Es, A Todas Luces, Extemporánea. Rachazada Por Improcedente
Ver las 7

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.