Micelio
Sentencia de Tutela29 de junio de 2001

T-686 de 2001

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Maria Del Socorro Betancur Ospina Vs. Municipio De Sonson.

Tema · dato duro
Derecho A La Seguridad Social Y Pago Del Subsidio Familiar. Caracter Excepcional. Los Beneficiarios Son Menores De Edad. El Subsidio Es De Orden Parafiscal. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Procedencia excepcional pago de subsidio familiar
Municipio
  • Afiliación a caja de compensación familiar
Subsidio Familiar
  • Naturaleza jurídica
  • Pago a beneficiarios por caja de compensación
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR los fallos proferidos los dias 13, 14 y 15 de diciembre de 2000, por el Juzgado Civil del Circuito de Sonson. En su lugar TUTELAR los derechos fundamentales reclamados como violados por Maria del Socorro Betancur Ospina en representacion de sus hijos Andres Felipe Delgado Betancur y Jorge Yesid Calle Betancur; Carmen Alicia Patino Cifuentes en representacion de su hijo Julian Alejandro Cardona Patino; Cenelly Naranjo Marin en representacion de su hijo Lorena Lopez Naranjo, Gloria Patricia Valencia Isaza en representacion de su hija Paula Andrea Valencia Valencia y de su padre Carlos valencia Tisnes; Antonio Jose Atehortua Cardona en representacion de sus hijos Jose David, Hector Alonso y Alba Leticia Atehortua Castano; Olga Rita Manrique Garcia en representacion de sus hijos Juan Pablo, Daniel y Andres Felipe Valdes Manrique y de su padre Raul Manrique Salazar; y Humberto de Jesus Marulanda en representacion de su hija Veronica Marulanda Sanchez.
  2. Segundo. ORDENAR al Municipio de Sonson que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas, proceda a afiliarse nuevamente a una caja de compensacion familiar de su localidad o departamento, previa la cancelacion de los aportes adeudados desde enero de 1999 hasta la fecha, asi como tambien proceda a pagar de manera puntual y completa los aportes hacia el futuro, todo lo anterior, en el caso en que aun no se hubiere cumplido con dichos tramites.
  3. De igual forma, si no dispusiere de los recursos presupuestales para cumplir la anterior orden, dispondra del termino inicialmente senalado para iniciar todas aquellas gestiones tendientes a la consecucion de la partida presupuestal pertinente a fin de cumplir con dicho pago. Dichas gestiones y el pago ordenado deberan cumplirse en un plazo maximo de tres (3) meses.
  4. Tercero. COMPULSAR copias de la presente decision a la Fiscalia General de la Nacion, para lo de su competencia.
  5. Cuarto. Por Secretaria, librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.