T-677 de 2009
Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Demandante Edwin Triana Alvarez·Demandado Ferreteria Andres Martinez Ltda.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia excepcional
- Procedencia para obtener reintegro a favor de trabajador separado del cargo con disminución en su capacidad laboral ocurrida en ejercicio de sus funciones
- Procedencia para reintegro de trabajador en circunstancias de debilidad manifiesta
- Lineamientos que los diferencian
- Reintegro del trabajador sin solución de continuidad, pago de todas las prestaciones sociales y reubicación en un cargo acorde con las condiciones de salud
- Despido con autorización de la oficina de trabajo
- Aspectos determinantes para reubicación por condiciones de salud
- A quiénes se aplica
- Protección especial en materia laboral sin que exista calificación previa que acredite su condición de discapacidad o invalidez
- Protección especial en materia laboral
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Salud, vida digna, trabajo, mínimo vital.
Al actor se le diagnostico discopatía lumbar, lo cual le ha causado varias incapacidades; por recomendación del área de riesgos profesionales de Cafesalud se sugirió el cambio de funciones ya que su trabajo consistía en cargar materiales pesados, en agosto de 2008 fue despedido por que supuestamente se apropió de algunos dineros, pero nunca se realizó denuncia formal.
La Sala estudia la procedencia de la acción de tutela para obtener el reintegro a favor del trabajador, separado de su cargo con disminución en su capacidad laboral, ocurrida en ejercicio de sus funciones, resulta evidente que el despido se surtió sin ningún tipo de procedimiento, ni preaviso, incluso se efectuó al día siguiente de terminada la incapacidad, por lo tanto se presume que el despido fue a causa de su enfermedad, se ordena el reintegro y el pago de las retroactivo de las prestaciones sociales dejadas de percibir.
Concedida.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. LEVANTAR la suspension de terminos para fallar el presente asunto, decretada por la Sala en auto del 25 de junio de 2009.
- SEGUNDO. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Dieciseis Civil del Circuito de Bogota, el 12 de diciembre de 2008 y, en su lugar, CONCEDER de manera transitoria la tutela a los derechos fundamentales al trabajo y a la igualdad del senor Edwin Triana Alvarez.
- TERCERO. ORDENAR a la Ferreteria Andres Martinez Ltda., que dentro del termino de 48 horas siguientes a la notificacion de este fallo, reintegre al senor Edwin Triana Alvarez, sin solucion de continuidad, y con el pago retroactivo de todas sus prestaciones sociales, a un cargo en el que pueda desempenar funciones acordes con sus condiciones de salud, previa la obligacion de hacerlo evaluar por los medicos de salud ocupacional de la ARP a la que se encuentra afiliada la Ferreteria.
- CUARTO. ADVERTIR al senor Edwin Triana Alvarez, que si dentro del termino de cuatro (4) meses contados a partir de la notificacion de la presente providencia no inicia las acciones judiciales pertinentes, el presente fallo perdera sus efectos, en virtud del art. 8 del Decreto 2591 de 1991.
- QUINTO. Para los efectos del articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hara las notificaciones y tomara las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.