T-650 de 2013
Ponente Alberto Rojas Ríos
✓Demandante Fidelina Salas Montenegro·Demandado E.P.S Comfenalco Antioquia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No se realizó una ponderación entre el valor del tratamiento y la capacidad económica de la accionante antes de ordenar tratamiento odontológico
- Suministro de medicamentos, tratamientos y procedimientos excluidos del POS
- Orden a EPS autorice tratamiento odontológico ordenado por médico tratante
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Salud.
Aduce la actora que presenta problemas de salud a causa de un absceso en su boca, razón por la cual le fue ordenado un raspado en el hueso periodontal y un tratamiento de mantenimiento.
La vulneración de derechos fundamentales se alega en virtud de la negativa de la entidad accionada de no autorizarle el precitado tratamiento, oponiendo no estar incluido dentro del POS.
La Sala se pronuncia respecto al carácter fundamental del derecho a la salud y a las condiciones que debe reunir una persona para acceder a servicios excluidos del plan obligatorio.
Se CONCEDE la tutela y se ordena a la accionada autorizar la prestación del tratamiento requerido por la actora.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. REVOCAR la decision proferida en unica instancia por el Juzgado
- Noveno. Civil Municipal de Armenia (Quindio), y en su lugar CONCEDER la garantia del derecho a la salud de la senora Fidelina Salas.
- Segundo. ORDENAR a la EPS Comfenalco Antioquia que en el termino de 48 horas, contadas a partir de la notificacion de la presente sentencia, autorice la prestacion del tratamiento de "raspado en el hueso periodontal y un tratamiento de mantenimiento" requerido por la senora Fidelina Salas.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.