Micelio
Sentencia de Tutela19 de julio de 2012

T-577 de 2012

Ponente Humberto Antonio Sierra Porto

Demandante Luis Anibal Ramirez Sanchez·Demandado Seguros Bolivar Arp

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Incapacidad Laboral
  • Caso en que existe controversia sobre la entidad competente para el pago y reconocimiento de prestaciones económicas derivadas de accidente de trabajo
Pago De Incapacidad Laboral Por Enfermedad General
  • EPS es la responsable del pago de incapacidades así como gastos incurridos, según dictamen de la Junta Nacional de Calificación de Invalidez
Disminucion De La Capacidad Laboral Del Trabajador
  • Garantías y prestaciones asistenciales y económicas por incapacidad temporal, incapacidad permanente parcial, invalidez
Derecho A La Seguridad Social
  • Reconocimiento del carácter fundamental en el ámbito internacional
  • Alcance y contenido
Incapacidades Permanentes
  • Una vez calificada la pérdida de la capacidad laboral, el trabajador se encontrará ante incapacidad permanente parcial o invalidez
Junta De Calificacion De Invalidez
  • Dictamen sobre la definición de la naturaleza de un accidente sufrido por un trabajador es obligatorio
Pago De Incapacidad Laboral Por Enfermedad Profesional O Accidente De Trabajo
  • Corresponde a entidad que determine la Junta de Calificación de Invalidez, quien asumirá el pago de forma inmediata e integral para no afectar mínimo vital de la persona en situ
  • Normatividad
10 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Seguridad social, salud.

En el presente asunto la Sala de Revisión analiza si la ARP Seguros Bolívar vulneró derechos fundamentales del actor, al negarse a continuar con el tratamiento médico prescrito para atender su enfermedad y por no asumir los gastos de traslado para asistir a los procedimientos de fisiatría ordenados y no cancelar las incapacidades e indemnizaciones a que tiene derecho, a pesar de que su limitación y problema de salud tuvieron su origen en un accidente de trabajo.

La Sala se pronuncia sobre la siguiente temática: 1º.

La seguridad social como derecho constitucional fundamental. 2º.

Contenido de este derecho y, 3º.

El Sistema de Seguridad Social en Colombia y las incapacidades e indemnizaciones derivadas de enfermedad común o profesional.

Se CONCEDE el amparo solicitado. <br> <br>

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR por las razones expuestas los fallos proferidos por el Juzgado
  2. Segundo. Civil Municipal de Villavicencio y el Juzgado
  3. Cuarto. Civil del Circuito de la misma ciudad, en primera y segunda instancia respectivamente, en la accion de tutela instaurada por Luis Anibal Ramirez Sanchez contra Seguros Bolivar ARP.
  4. Segundo. ORDENAR a la EPS HUMANA VIVIR a que una vez adjuntados los documentos necesarios para el tramite de las incapacidades y el pago de los gastos que se han ocasionado por causa de la enfermedad por el actor surta, en el termino de cuarenta y ocho horas (48) las gestiones requeridas, para que en caso de tener derecho, le sean pagados las incapacidades y los gastos que ha incurrido para aliviar su enfermedad.
  5. Tercero. Por Secretaria General, librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.