Micelio
Sentencia de Tutela11 de agosto de 1999

T-572 de 1999

Ponente Fabio Morón Díaz

Demandante Xx

Tema · dato duro
Der. A La Dignidad. Der. A La Integridad Fisica Moral Y Psicologica. Implantacion De Protesis Mamarias. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud
  • Fundamental por conexidad
Derecho A La Vida Digna
  • Implantación de prótesis mamarias y tratamiento psicológico
Inaplicacion De Normas Del Plan De Servicios De Sanidad Militar
  • Cirugía de implantación de prótesis mamarias
Plan Obligatorio De Salud
  • Exclusión de cirugía estética
Tribunal De Etica Medica Y Fiscalia General De La Nacion
  • Intervención quirúrgica decidida unilateralmente
6 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida el doce (12) de marzo de Mil Novecientos Noventa y Nueve (1999), por la Seccion Primera el Tribunal Contencioso Administrativo del Valle del Cauca, y en su lugar conceder la tutela de los derechos constitucionales fundamentales de la Senora XXXX, a la dignidad humana, a la integridad fisica y psicologica, a la salud y de la mujer, vulnerados por la Nacion-, Ministerio de Defensa Nacional y el Ejercito Nacional.
  2. Segundo. INAPLICAR, para el caso concreto que fue objeto de examen por esta Sala de Revision, el articulo 16 del Acuerdo Numero 001 de abril 23 de 1997 "Por el cual se establece el Plan de Servicios de Sanidad Militar Policial", en cuanto restringe la posibilidad de suministrarle las protesis mamarias que la Senora XXXX requiere para la garantia y proteccion de sus derechos constitucionales fundamentales.
  3. Tercero. ORDENARLES al Ministerio de Defensa Nacional y al Ejercito Nacional, que en un termino no superior a los diez (10) dias habiles siguientes a la notificacion de esta providencia, programen la practica de la cirugia de colocacion o implante de protesis mamarias a la Senora XXXX, y que adicionalmente dispongan el tratamiento farmaceutico, terapeutico y psicologico que le permita restablecer su autoestima y femineidad.
  4. Cuarto. OFICIAR a traves de la Secretaria General de esta Corporacion, al Tribunal de Etica Medica y a la Fiscalia General de la Nacion para lo de su competencia, asi como a la Procuraduria General de la Nacion, con el proposito de iniciar los tramites conducentes tendientes a determinar la responsabilidad medica y etica, penal y disciplinaria de los profesionales que intervinieron quirurgicamente a la Senora XXXX y que decidieron unilateralmente reseccionarle ambos senos.
  5. Quinto. Para preservar tambien el derecho a la intimidad se ORDENARA la reserva del nombre de la tutelante en cuanto a la publicacion de esta providencia.
  6. Sexto. LIBRENSE por Secretaria, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
  7. Notifiquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.