Micelio
Sentencia de Tutela1 de junio de 2001

T-572 de 2001

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Luz Enith Castilla Guerrero Vs. Alfredo Luis Lombraño Coronado.

Tema · dato duro
Derecho A La Vida Salud Seguridad Social Y Trabajo. Procedencia De La Tutela Para Obtener El Pago De La Licencia De Maternidad Cuando Su Desconocimiento Afecta El Minimo Vital De La Madre Gestante Y De Su Hijo Recien Nacido. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Perjuicio Irremediable
  • Protección del mínimo vital de la madre y de su hijo
Mujer Embarazada
  • Protección constitucional especial
  • Estabilidad laboral
Medio De Defensa Judicial
  • Pago de salarios y prestaciones sociales
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVÓCASE la sentencia del veintitrés (23) de febrero de dos mil uno (2001), proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, en la acción de tutela instaurada por Luz Enith Castilla Guerrero, contra el señor Alfredo Luis Lambraño Coronado. En su lugar, CONCÉDASE el amparo solicitado, en los términos expresados en la parte motiva de esta providencia.
  2. Segundo. ORDÉNASE al señor Alfredo Luis Lambraño Coronado, que dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta sentencia, proceda a pagar la licencia de maternidad de la actora, con base en el salario mínimo legal vigente en la época del nacimiento de la criatura. 1
  3. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.