Sentencia de Tutela2 de octubre de 1992
T-548 de 1992
Ponente Ciro Angarita Baron
✓Demandante Felix Rojas
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Salud. Derechos De Los Pacientes. I.S.S. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
4 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. Por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia, CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado 22 de Instruccion Criminal el dia 4 de junio de 1992 mediante la cual se denego la tutela impetrada por la peticionaria.
- SEGUNDO. En todos aquellos casos similares al presente por sus hechos o circunstancias, siempre que un paciente haya recibido atencion medica pero no comparta -sin fundamento alguno- el diagnostico y la terapia de su medico, la doctrina constitucional enunciada en esta sentencia tendra CARACTER OBLIGATORIO para las autoridades, en los terminos del articulo 23 del Decreto 2067 de 1991.
- TERCERO. ORDENAR que por Secretaria se comunique esta providencia al Juzgado 22 de Instruccion Criminal de Santafe de Bogota y a la Clinica San Pedro Claver de la misma ciudad, en la forma y para los efectos previstos en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Notifiquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por79
T-302/17Declaratoria Del Estado De Cosas Inconstitucional En Relacion Con El Goce Efectivo De Derechos Fundamentales De Niños Y Niñas De La Guajira.C-313/14Proyecto De Ley Estatutaria Sobre Derecho Fundamental A La SaludT-1085/12Tutela de 2012T-064/12Tutela de 2012T-048/12Tutela de 2012T-046/12Tutela de 2012
Ver las 79 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.