Micelio
Sentencia de Tutela25 de mayo de 2004

T-504 de 2004

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Maria Eunice Arevalo Galeano Vs. Iss Cundinamaraca

Tema · dato duro
Derecho Al Minimo Vital De Trabajadora Independiente. Pago De Acreencias Laborales. Licencia De Maternidad. Pago Extemporaneo Cuotas De Afiliacion. Allanamiento A La Mora. Dilacion Injustificada. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Licencia De Maternidad
  • Objeto
  • Pago por allanamiento a la mora por EPS
  • Protección
  • Protección constitucional
Seguro Social
  • Pago de licencia de maternidad
Entidad Promotora De Salud
  • Si no alega mora en aportes no puede negar la prestación económica al trabajador
Trabajador Independiente
  • Saneamiento de la mora en pago de cotizaciones
6 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR las decisiones adoptadas en el proceso de la referencia por el Juzgado
  2. Décimo. Civil del Circuito de Bogotá y el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá Sala de Decisión Civil y en su lugar CONCEDER la protección de los derechos fundamentales a la maternidad, la protección del recién nacido y al mínimo vital de la señora María Eunice Arévalo Galeano.
  3. Segundo. ORDENAR al Seguro Social E.P.S. que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente fallo, proceda a pagar a la accionante el valor de la licencia de maternidad que le corresponde, de conformidad con las razones expuestas en este fallo.
  4. Tercero. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.